Ordenan indemnizar con viagra a un abogado
El Ministerio de Defensa, la Policía y el Inpec deben dotar de viagra al jurista que vio afectada su salud sexual por el estrés postraumático que sufrió por un motín en una cárcel

Ordenan indemnizar con viagra a un abogado
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La condena fue proferida por el Consejo de Estado en contra del Ministerio de Defensa, la Policía y al Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (Inpec), quienes deberán pagar una indemnización a un abogado que vio afectada su salud sexual, debido al estrés postraumático que sufrió después de que casi perdiera la vida durante un motín en la cárcel de Arauca
Los hechos ocurrieron en febrero de 1999 cuando el abogado, que trabajaba en la oficina jurídica del centro de reclusión, quedó atrapado en medio de un intercambio de disparos entre los internos que pretendían fugarse y los guardias del Inpec. Finalmente, la Fuerza Pública tomó control del lugar y logró rescatarlo
Sin embargo, al verse en medio de los enfrentamientos, especialistas en psiquiatría le diagnosticaron "síndrome de estrés postraumático" al jurista y le prescribieron medicamentos para controlar los estados de crisis nerviosa
“Como consecuencia se afectó mi capacidad eréctil, situación que perjudicó no solo su relación de pareja, sino su desempeño familiar, social y laboral”, relata el afectado
En ese sentido, la Sección Tercera de la corporación judicial, con ponencia del magistrado Enrique Gil Botero, señaló que, “la resistencia a la fuga exigió a los guardias y policías enfrentar a los internos armados, sin que alcanzaran a liberar del peligro a los funcionarios que quedaron atrapados en medio del fuego, lo cual llevó a que el Estado provocara un daño especial que no buscaba”
Por lo que, en un fallo poco usual, ordena el suministro del medicamento "sildenafil o sildenafilo (viagra), al abogado durante el tiempo que su patología persista o hasta que se determine que su disfunción eréctil haya sido superada con los tratamientos pertinentes
La Sala también aclara que cualquier afectación o alteración de la sexualidad de una persona cuando la lesión física genera disfunción sexual es considerado un daño a la salud que debe ser reparado
"El daño a la salud permite la reparación, en el campo de los perjuicios inmateriales, de la integridad psicofísica, esfera dentro de la que se enmarca o ubica la imposibilidad de desarrollar el acto sexual, bien por una disfunción o pérdida anatómica corporal, o por una alteración psicológica que afecta la posibilidad de llevarlo a cabo", puntualiza el fallo




