Condenados de las Farc por delitos de lesa humanidad no podrán hacer política: procurador
Alejandro Ordóñez dijo que la Procuraduría debe ser la encargada de hacer un seguimiento a los acuerdos que se llegue en la mesa de negociación con las Farc.

Condenados de las Farc por delitos de lesa humanidad no podrán hacer política: procurador
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El procurador general de la Nación, Alejandro Ordóñez Maldonado, aseguró que los integrantes de la guerrilla de las Farc que hayan cometido delitos de lesa humanidad o crímenes de guerra no pueden recibir beneficios jurídicos específicos, pues así lo consagran nuestra Carta Política y acuerdos internacionales
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El jefe del Ministerio Público advirtió que el tratamiento de quienes han incurrido en delitos de carácter internacional es más complejo, al encontrarse una clara limitación jurídica en el bloque de constitucionalidad
Ordoñez subrayó que la participación en política quedará proscrita para los miembros de las Farc que hayan sido condenados por haber cometido delitos de lesa humanidad o crímenes de guerra, pues así lo dispone el artículo 122 de la Constitución
El jefe del Ministerio Público recordó que los crímenes de lesa humanidad que se hayan cometido en Colombia después del año 2002, así como los crímenes de guerra que hayan sido perpetrados después del 5 de noviembre de 2009, son competencia de la Corte Penal Internacional, a la manera de un tribunal de reserva complementario, para casos que un Estado no quiera o no pueda judicializar dichos crímenes
El procurador general subrayó que si bien "el presidente de la República está en uso de sus atribuciones constitucionales y legales, por lo cual se ajusta a la legalidad que busca alternativas para alcanzar la paz", existe un mandato constitucional que le exige a la Procuraduría "hacer seguimiento permanente a los acuerdos a los que se llegue en la mesa de negociación con las Farc, pues el anhelo de paz no puede ser alcanzado a cualquier precio"
Ordóñez Maldonado referenció que el concepto de impunidad ha sido determinado con la jurisprudencia de las instancias internacionales en casos de amnistías o indultos totales a violaciones graves de Derechos Humanos y otros crímenes, citando el caso de Perú (sentencia Barrios Altos vs. Perú), en donde según la Corte Interamericana de Derechos Humanos
“No debe olvidarse que las Farc son victimarios y no víctimas", concluyó el procurador general de la Nación.



