Consejo de Estado ordena reajustar pensiones a policías jubilados entre 1997 y 2004
Los términos pensionales al interior de las fuerzas militares tienen una normatividad especial que para el caso concreto no fue tenida en cuenta.


El Consejo de Estado accedió a una demanda en la que un grupo de uniformados solicitaron la liquidación de suspensiones, bajo el argumento de que al momento del pago no les tuvieron en cuenta la inflación que pesaba para la época que accedieron al derecho laboral
El alto tribunal advirtió en el fallo que efectivamente para liquidar el monto pensional de los uniformados quienes accedieron a ese derecho entre los años 1997 al 2004, se tendría que tener en cuenta el IPC
De igual manera el alto tribunal subraya que se debe tener en cuenta la legislación contenida en la ley 100 de 1993.




