Corte Constitucional respaldó funciones financieras especiales de Colpensiones
El alto tribunal subrayó que la nueva naturaleza jurídica de la entidad, de adminstrar recursos de los ahorradores del sistema de pensiones no viola la Constitución.


La Sala Plena de la Corte Constitucional respaldó la naturaleza jurídica de la Administradora Colombiana de Pensiones Colpensiones, como Empresa Industrial y Comercial del Estado organizada como entidad financiera de carácter especial, vinculada al Ministerio de Trabajo
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El alto tribunal subrayó que la nueva naturaleza jurídica de la entidad, de adminstrar recursos de los ahorradores del sistema de pensiones no viola la Constitución, pues los ahorros de los usuarios merecen un especial cuidado que garantice la protección de los recursos de los ahorradores, por lo que sus funciones financieras son necesarias
Agrega la Corte que la prestación de servicios financieros por parte de Colpensiones tiene como objetivo primordial garantizar la protección del derecho a la seguridad social de los usuarios
Sin embargo la Corte aclara que en ningún caso los argumentos financieros serán una justificación para negarse a prestar eficiente y oportunamente los servicios que le corresponden




