Víctimas de despojo podrán ser socios de proyectos agrícolas afectados por Ley de Tierras
La Sala Plena de La Corte Constitucional determinó que las víctimas de despojo se pueden beneficiar de proyectos agroindustriales de predios afectados para restitución de tierras.
El alto tribunal explicó que los dueños de buena fe de dichas tierras pueden pactar con las víctimas beneficiadas de dichos terrenos para que hagan parte de los proyectos agroindustriales que allí funciones siempre y cuando haya un mutuo acuerdo entre las partes
La Corte aclaró que esta clase de contratos sólo procede siempre y cuando sea avalado por las víctimas
La decisión dejó sin efecto la autorización que el Gobierno daba para que terceros manejaran dichos proyectos agrícolas que dejaban por fuera de su participación a las víctimas
La Corte también eliminó la potestad de las entidades a contratar terceros para la explotación de dichos proyectos
La decisión fue tomada por la Corte Constitucional al condicionar el Artículo 99 de la Ley 1448 de 2011.




