Justicia

Procuraduría pedirá a la Corte Suprema que tumbe condena a Plazas Vega

El Ministerio Público anunció que interpondrá recurso extraordinario de casación ante el Alto Tribunal ya que los errores son jurídicos y de procedimiento.

Procuraduría pedirá a la Corte Suprema que tumbe condena a Plazas Vega

La Procuraduría General de la Nación, mediante un comunicado, anunció que interpondrá el recurso de casación contra la sentencia proferida por el Tribunal Superior Penal de Bogotá contra el coronel Luis Alfonso Plazas Vega por los hechos del Palacio de Justicia, ya que los errores son jurídicos y de procedimiento. El Ministerio Público considera que el Tribunal cometió un grave error al condenar al coronel Plazas Vega pese a que existe dudas razonables, además por requisitos planteados para la atribución del delito de desaparición forzada, en cuanto al dolo y la acción

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En concepto de la Procuraduría, el supuesto delito, al momento de la ocurrencia de los hechos, no estaba consagrado en el ordenamiento jurídico interno. El Ministerio Público observa que el Tribunal se apartó de la las pautas que edifican la aplicación e interpretación del Estatuto de Roma y sus reglas cuando en el cuerpo de la decisión solicita que el fiscal jefe de la Corte Penal Internacional ordene la apertura de una investigación contra el expresidente Belisario Betancur

Sobre el particular, recordó que la Comisión de Acusación del Congreso de la República ejerció su función de administrar justicia y advirtió que el Tribunal erró la instancia de segundo grado en esta consideración al olvidar que la Corte Penal Internacional no tiene jurisdicción sobre hechos ocurridos en Colombia antes del año 2002, fecha en la que entró en vigencia el Estatuto de Roma para el Estado en materia de Crímenes de Lesa Humanidad y Genocidio, y a partir del 2009 para los Crímenes de Guerra, desfase de 26 años en la invocación normativa

En cuanto, a la exigencia de que las Fuerzas Militares de Colombia pidan disculpas a la sociedad por los mencionados hechos, el Ministerio Público advierte que la exhortación no está incluida en la parte resolutiva de la sentencia y que el proceso penal es de naturaleza inter partes bajo los principios insoslayables de la responsabilidad individual y se ajusta con rigor al principio de legalidad de las penas que solo son predicables respecto de quien ha sido vencido en juicio

Según la Procuraduría, ante estos argumentos, la sentencia del Tribunal “desborda el principio de limitación que gobierna la decisión del tribunal penal, en tanto sanciona la institucionalidad Castrense, olvidando que el proceso en ciernes tuvo como único procesado al señor Coronel Plazas Vega”

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