Controversia tras la aprobación de la reforma judicial en la Cámara de Representantes
Sectores nacionales y extranjeros criticaron la posición asumida en la Cámara de Representares y consideran una aprobación inoportuna, entre otras descalificaciones.


La ‘Supercorte’Se aprobó la controvertida 'Supercorte' para investigar y juzgar en primera instancia a los altos funcionarios del Estado, excepto al Presidente de la República y al Vicepresidente
Más información
- 'Supercorte' podría ser un Frankenstein dentro de la democracia: Fiscalía
- Controversia tras la aprobación de la reforma judicial en la Cámara de Representantes
- EEUU resalta “reformas que mantengan el poder de la justicia en crímenes de DDHH”
- Nueve agremiaciones de justicia piden el retiro de la Reforma a la Justicia
Tendrà a su cargo la investigación a los funcionarios denominados 'aforados', entre ellos a los congresistas, los ministros, los magistrados de las altas Cortes de Justicia y del Consejo Electoral, los generales y almirantes, los agentes diplomáticos, al Fiscal, al Procurador, al Contralor y al Defensor del Pueblo, entre otros
Ese tribunal tendrá periodo de 12 años, estará compuesto por seis magistrados que deben reunir las mismas calidades que para ser miembro de la Corte Suprema de Justicia. Dos de ellos serán designados por el Presidente de la República, dos por el Congreso y los otros dos por el Consejo de la Judicatura
Una de las controversias de este supertribunal es que se encargará de investigar a quienes son sus propios nominadores. En otras palabras, los posibles investigados eligen a sus posibles jueces
Si los miembros de la Supercorte cometen anomalías, serán investigados por tres conjueces: uno designado por el presidente de la República, otro por el Congreso y uno más por la Judicatura. Es decir los mismos nominadores de los que serán investigados
Doble instanciaLa doble instancia en procesos de pérdida de investidura de los congresistas. Se acordó que se acordó que ambas instancias surtan ante el Consejo de Estado, la primera en una sala especial y la definitiva ante la Sala Plena, excluyendo de la votación a la que produjo el primer fallo. Ese tribunal tendrá un plazo de 40 días para resolver en cada instancia, ampliando el plazo que actualmente es de 20 días
En materia penal la doble instancia funcionará para todos los funcionarios aforados, en la Sala penal de la Corte Suprema de Justicia
Endurecen la ‘silla vacía’La reforma judicial incluye el endurecimiento de la figura de la silla vacía como fue aprobado inicialmente en el Senado de la República, es decir que los miembros de las corporaciones públicas de elección popular solo podrán ser reemplazados por muerte, incapacidad física para ejercer el cargo o por renuncia motivada aprobada por la respectiva corporación
Se dejó por fuera la polémica propuesta de permitir que los congresistas sean reemplazados cuando han sido condenados por delitos electorales
La ‘columna vertebral’ de la reforma La plenaria de la Cámara de Representantes aprobó por 96 votos contra seis el artículo que facultará a algunos empleados administrativos y a particulares a actuar en procesos judiciales, exceptuando en fallos sobre delitos
La norma que, según el ministro de Justicia, Juan Carlos Esguerra, es la columna vertebral del proyecto, también establece los casos de indignidad por los cuales pueden ser juzgados el Presidente de la República y su Vicepresidente
La ley podrá atribuir función jurisdiccional en materias precisas a determinados empleados judiciales, salvo proferir decisiones que pongan fin a los procesos. Sin embargo, en procesos penales en la vinculación operará el principio de la inmediación
El Congreso desarrollará juicios de indignidad política contra el Presidente de la República, quien haga sus veces, y contra el Vicepresidente de la República cuando sus conductas violen la ley penal o disciplinaria
La ley podrá atribuir, excepcionalmente y en materias precisas, función jurisdiccional a determinadas autoridades administrativas, salvo la de juzgar delitos. Los particulares pueden ser investidos transitoriamente de la función de administrar justicia en la condición de jurados en las causas criminales, conciliadores o en la de árbitros habilitados por la ley o por las partes para proferir fallos en derecho o en equidad, en los términos que determine la ley
El artículo expresa también que la ley podrá atribuir, excepcional y transitoriamente, función jurisdiccional en materias precisas a abogados en ejercicio en su calidad de jueces adjuntos y establecerá los requisitos que deben cumplir los abogados en ejercicio que se postulen para ejercer estas funciones jurisdiccionales como particulares. De manera excepcional, la ley podrá conferir funciones jurisdiccionales a notarios, centros de arbitraje o centros de conciliación
Se crea una comisión especial debe presentar un informe de recomendaciones al Congreso sobre los asuntos que deban ser conocidos por autoridades jurisdiccionales distintas a los jueces de la República, así como los mecanismos procesales que contribuyan a obtener una justicia pronta, oportuna y efectiva
Gobierno rechaza críticas de Fiscal sobre conformación de ‘supercorte’ en reforma judicialEl ministro de Justicia, Juan Carlos Esguerra, le respondió a la fiscal General, Viviane Morales, quien aseguró que la ‘supercorte’ creada en la Reforma a la Justicia para juzgar en primera instancia a los aforados (congresistas, magistrados y exfiscales) es un ‘Frankenstein’
Esguerra señaló que no se puede partir de la base que lo aprobado en el proyecto no va a servir
“No veo por qué se pueda partir del supuesto de que ellos (los magistrados elegidos para la supercorte) van a ser malos, mientras que los de las altas cortes son buenos, si los requisitos (para ser elegidos en estos cargos) son exactamente los mismos”, manifestó el ministro
Esguerra aseguró que la reforma “no es lesiva para las Cortes” y el ánimo del Gobierno para sacarla adelante no es revanchista
El ministro agradeció al Congreso por la aprobación de la iniciativa en su primera vuelta
Responsabilidad del EstadoEl artículo segundo del proyecto de reforma a la justicia toca también el aspecto referente a la responsabilidad del Estado frente a los particulares por actos contra la juridicidad, que también fue introducido a última hora. Se trata de una enmienda al artículo 90 de la Constitución Política
La reforma además modifica al Consejo Superior de la Judicatura, que cambia la actual Sala Administrativa con magistrados propios, por una denominada ‘Sala de Gobierno’, de la que hacen parte funcionarios de las Cortes y del gobierno
Entre los artículos que faltan por votar se encuentras el que les quita a las Cortes la facultad para elegir al Registrador del Estado Civil, que en adelante sería elegido por el Congreso de terna que le envíe el Presidente de la República
De la misma manera se concentran en el gobierno y el Congreso las facultades de nominación y elección de funcionarios como el procurador, el defensor del Pueblo y el Contralor General, dejando de lado la participación de las altas cortes de justicia que les entregó la Constituyente de 1991
La plenaria de la Cámara de Representantes fue convocada para este miércoles a las 9:00 de la mañana para continuar con el estudio de esta reforma, que completaría su primera vuelta reglamentaria.




