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Condenados militares por asesinato en Guarne, Antioquia

20 años de prisión purgarán ocho militares que aceptaron, con fines de sentencia anticipada, su responsabilidad en la muerte fuera de combate de un particular.

20 años de prisión purgarán ocho militares que aceptaron, con fines de sentencia anticipada, su responsabilidad en la muerte fuera de combate de un particular, y también pagarán solidariamente por perjuicios morales mil salarios mínimos mensuales legales vigentes

La pena fue impuesta por el Juzgado 27 Penal del Circuito de Medellín, luego de que los procesados en la audiencia preparatoria de juicio expresaran su decisión de aceptar la comisión del punible, homicidio en persona protegida, por el que los acusó un fiscal de Derechos Humanos y DIH

De acuerdo con la investigación, el 13 de marzo de 2005 fue encontrado en la vía Medellín-Guarne, Antioquia el cuerpo de Sandro Alberto Montoya Mejía, quien según el reporte castrense fue ultimado cuando integrantes de la Afeur No. 5, Agrupación de Fuerzas Especiales Urbanas, repelieron el ataque de que fue blanco el vehículo en el que se desplazaban

La víctima fue vista por última vez cuando abordaba una motocicleta en Caldas (Antioquia), municipio donde residía con su familia, horas antes de ser reportada como abatida durante enfrentamiento armado. En su providencia el juzgador señala que asiste razón a la Fiscalía al sostener la inexistencia de combate, “de ninguna manera se perfila en el actuar de los militares hoy procesados que estos hubiesen obrado en legítima defensa ante agresión armada (…) se arriba a dicha conclusión con fundamento en pruebas legalmente allegadas a este proceso.” Las personas condenadas fueron identificadas como: Edgar Andrés Torres Hurtado, subteniente; Andrés Cervantes Blanco, cabo primero; César Felipe Castillo, cabo segundo; y los soldados profesionales Darío Blandón Ruiz, Joaquín Ferney Hidalgo Higuita, Carlo Alberto Villa Cañón, John Jairo Posada Arroyabe, y Henry Alberto Herrera Pereira

El juez otorgó a los condenados una rebaja de un tercio de la pena imponible, tasada en 30 años

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