Justicia

Fallo del Consejo de Estado no afectará las elecciones del 30 de octubre

Fue anulada la elección de los nueve magistrados del Consejo Nacional Electoral, porque se violó la ley de bancadas y el voto nominal.

Fallo del Consejo de Estado no afectará las elecciones del 30 de octubre

Fallo del Consejo de Estado no afectará las elecciones del 30 de octubre

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Al considerar que se violó la ley de bancadas y el voto nominal, el Consejo de Estado anuló la elección del Consejo Nacional Electoral

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Con el fin de no causar traumatismos, la anulación de la elección se hará efectiva el próximo 15 de diciembre cuando el congreso deberá elegir nuevamente

El fallo le dio la razón a los demandantes de la Corporación de Justicia que consideraron que en las condiciones en las que fueron elegidos los magistrados del Consejo Nacional Electoral violó el principio de transparencia

Para la sección quinta del Consejo de Estado con ponencia del magistrado Alberto Yepes, en este caso se optó por parte de los congresistas por una votación secreta y no pública como se debía realizar, además la ley de bancadas no opero porque integrantes de un mismo partido votaron de forma diversa y no de forma unánime

El alto tribunal determinó que la elección de los magistrados del Consejo Nacional Electoral efectivamente debía sujetarse a la regulación del sistema de bancadas, pues “hubo un acuerdo interno de cada uno de los partidos con el fin de presentar sus propios candidatos para ser elegidos en representación de cada una de sus bancadas”. Precisó además que “los parlamentarios tenían un vínculo ineludible con su bancada, de forma tal que más de garantizar la libertad y la autonomía de los parlamentarios electores, debía buscarse la manera de darle peso al régimen de bancadas, lo que no podía ocurrir si se aplicaba un sistema secreto de votación”. La Sala añadió que fue precisamente para este tipo de situaciones y para fortalecer aún más la democracia colombiana y el régimen de partidos políticos, que se aprobaron las modificaciones a los artículos 108 y 133 de la Constitución Política, reformas que no fueron tenidas en cuenta en el momento de la elección

En el fallo la Sala ordena realizar una nueva elección mediante voto nominal y público, sin embargo, con el propósito de garantizar la conformación y el funcionamiento del Consejo Nacional Electoral durante las próximas elecciones convocadas para el 30 de octubre y el correspondiente periodo postelectoral, el Alto Tribunal moduló los efectos de su decisión al disponer que los actuales Magistrados del organismo encargado de vigilar los partidos y movimientos políticos continuarían cumpliendo sus funciones a mas tardar hasta el 15 de diciembre de 2011 momento en el cual el Congreso de la República deberá haber realizado las nuevas elecciones y determinado la nueva integración de esta Corporación.

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