Hoy se radicó cuarto proyecto sobre la unión civil entre parejas homosexuales
La iniciativa presentada por el senador Armando Benedetti y el representante Alfonso Prada acepta la solicitud hecha al Congreso por la Corte Constitucional.
Los congresistas Armando Benedetti (senador del Partido de la U) y Alfonso Prada (representante verde), radicaron un nuevo proyecto de ley sobre uniones de parejas homosexuales
La iniciativa crea la figura de la unión civil, muy similar a la radicada por Miguel Gómez, pero con los mismos efectos jurídicos del matrimonio, y solo procede para parejas homosexuales
Dicha figura, contemplada como reforma al Código Civil, establece que las personas bajo el vículo de unión civil formarán una familia de manera libre y voluntaria, que en todo caso genera la posición de una 'sociedad conyugal', y por lo tanto gozarán de todos los derechos sociales, laborales, de protección y sucesorales
Según el proyecto, la sociedad conyugal solo se podrá legalizar ante notarías y en caso de divorcio se pueden disolver y liquidar, y podrán constituir capitulaciones y utilizar la figura de afectación a vivienda familiar
Para cumplir con la exhortación, el proyecto crea la figura de la Unión Civil, con los mismos efectos jurídicos del matrimonio, que sólo procede para parejas heterosexuales
Para los congresistas ponentes, el proyecto pretende acabar con la clara desigualdad profunda en la que se encuentran las parejas del mismo sexo que desean contraer matrimonio y no lo pueden hacer, a diferencia de las parejas heterosexuales. “Este hecho evidencia que aún en el siglo XXI se considera que existen ciudadanos de primera categoría y otros de segunda categoría. El Estado se relaciona con ellos no sólo de manera diferencial sino claramente discriminatoria. La posibilidad de acceder a este derecho debe ser igual para cualquier ciudadano, independientemente de su preferencia sexual. Es respetar el supuesto básico de la inclusión y la no discriminación”, aseguró Benedetti
Para el representante Prada, “es hora de que el Estado reconozca y vele por los derechos y obligaciones mutuas no solo de las parejas heterosexuales sino también de las parejas del mismo sexo. Este tipo de protección significa fundamentalmente dos cosas: primero, que la sociedad reconoce esa unión; segundo, que esa unión acarrea derechos y obligaciones, entre los que pueden encontrarse los derechos de herencia, de patrimonio, de seguridad social, entre otras cargas impositivas y beneficios de diversa índole”
Efectos Jurídicos de la Unión CivilLos congresistas aclararon que tal como lo establece el proyecto las personas unidas bajo el vínculo de unión civil formarán una familia al hacerlo de forma libre y voluntaria tal y como lo exige la Constitución política, al optar además por una figura diferente a la del matrimonio
“Al establecer que la Unión Civil, creada mediante este proyecto de ley, tendrá los mismos efectos jurídicos del matrimonio civil, nos estamos refiriendo no solo a todos aquellos derechos y obligaciones connaturales a las institución del matrimonio sino también a todas las implicaciones de tipo jurídico que conlleva la realización de éste acto jurídico, es decir a la Unión Civil les serán aplicables las mismas nulidades del matrimonio, el mismo procedimiento para la separación de bienes, de cuerpos, será aplicable el divorcio, los contrayentes formaran una sociedad conyugal que en caso de divorcio deberán disolver y liquidar, podrán constituir capitulaciones, podrán utilizar la figura de afectación a vivienda familiar.”Los contrayentes de la Unión Civil gozarán igualmente de todos los derechos sucesorales consagrados en el Código Civil
Por otra parte los cónyuges gozarán de todos los beneficios de la de la seguridad social en todos los aspectos, salud, pensiones y compensación familiar. Adopción Los ponentes consideran que siendo la adopción una medida de protección al menor y una institución autónoma del Derecho de Familia, la posibilidad de que las parejas del mismo sexo puedan adoptar deber ser objeto de una reglamentación integral e independiente, razón por la cual dentro del objeto del proyecto no está contemplada la regulación de esta figura jurídica. El de Benedetti y Parada es el cuarto proyecto sobre la unión de parejas del mismo sexo que se suman a los que presentaron el Representante de la Miguel Gómez del Partido de la U , el de el Liberal Guillermo Rivera, y el de Alba Luz Pinilla del Polo Democrático




