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Ante la Supersociedades se interpuso demanda de la cesión del contrato por la calle 26

El agente liquidador del grupo Nule, interpuso ante la Superintendencia de Sociedades una demanda de revocatoria del acto de la cesión del contrato de las obras de la calle 26.

Ante la Supersociedades se interpuso demanda de la cesión del contrato por la calle 26

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El agente liquidador del grupo Nule, Pablo Muñoz Gómez, interpuso ante la Superintendencia de Sociedades una demanda de revocatoria del acto de la cesión del contrato de las obras de la calle 26 del grupo Unión Temporal Transvial a Conalvías

Dijo que en ese momento los Nule tenían una participación del 79 por ciento en ese contrato. El 35 por ciento lo tenía en cabeza Bitácora hoy liquidación y el 35 por ciento Translogister

"En razón de liquidador interpuse ante la Supersociedades, una demanda de revocatoria del acto de cesión de la contrato porque el 17 de febrero del año 2010, la Unión Temporal de la cual hacia parte la empresa que hoy yo represento en liquidación, cedió a favor del grupo Empresarial Vías de Bogotá del cual hace parte Conalvías, por esa razón salieron los Nule y sus socios de la calle 26 y entró a Trabajar Conalvias", explicó el agente liquidador

Señaló, que la demanda de la cesión ante la Superintendencia busca que se declare sin efecto y sin mérito, porque esa cesión se hizo sin que las empresas recibieran un sólo peso de contratación y porque la Leyes que regulan las liquidaciones disponen que cualquier hecho empresarial efectuado dentro de los 18 meses anteriores puede ser sujeto de revisión o revocatoria porque se presumen acaecidos en detrimento de los acreedores de las sociedades que están en liquidación

"La Superintendencia de Sociedades aceptó nuestra demanda y puede suceder que si se ganamos jurídicamente la demanda, tenga que Conalvías devolvérnosla a favor nuestro o que la perdamos y no pase nada", afirmó el agente liquidador del grupo de los Nule, Pablo Muñoz Gómez

Finalmente dijo que calcula que la Superintendencia de Sociedades se demore entre cuatro o seis meses en responder la demanda.

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