Ordenan a EPS realizar una cirugía de corrección de curvatura de pene
La Corte Constitucional determinó que el procedimiento de corrección de curvatura de pene no es un procedimiento estético sino que se trata de un servicio de salud.

Ordenan a EPS realizar una cirugía de corrección de curvatura de pene
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La Corte Constitucional determinó que el procedimiento de corrección de curvatura de pene, no es un procedimiento con fines estéticos, y por el contrario, se trata de un servicio de salud, no incluido en el POS, pero requerido, de acuerdo a lo ordenado por el médico tratante a un paciente que posee una malformación
Así lo determinó el alto tribunal al reconocer el derecho al actor de acceder a la intervención quirúrgica de corrección de curvatura de pene, como tratamiento necesario para proteger su integridad y su derecho a la salud, especialmente a la salud sexual
Advierte la Corte a la EPS accionada que podrá cobrar al accionante el costo que le corresponda asumir para acceder al servicio, de acuerdo a la regulación vigente, en forma proporcional a sus ingresos y sin que tal cobro afecte su mínimo vital y el de su familia
Dice la Corte que tratándose de problemas que afectan la salud sexual y reproductiva, las entidades de salud deben garantizar el acceso a los servicios que se requieran para garantizar su goce efectivo y tener una vida sexual activa y placentera




