Los bancos no podrán modificar los términos de sus créditos
La iniciativa establece que los montos, los intereses y los tiempos deben estipularse previamente y sin posibilidades de cláusulas adicionadas


Los bancos no podrán modificar los contratos de crédito con sus clientes en ninguno de los términos pactados inicialmente, según uno de los últimos artículos del estatuto de consumidor aprobado por la Cámara de Representantes en segundo debate
La iniciativa establece que los montos, los intereses y los tiempos deben estipularse previamente y sin posibilidades de cláusulas adicionadas a criterio de la respectiva entidad financiera, dijo el representante liberal Pablo Emilio Salamanca, autor del respectivo artículo
También se aprobó un artículo que le prohíbe a las inmobiliarias y a las empresas de arrendamientos el cobro del 'estudio de crédito' al que someten al arrendatario. El criterio de esta norma es que el arrendador es quien desea estudiar las condiciones del eventual cliente y por lo tanto es quien debe asumir los costos del mismo, y no el arrendador
El estatuto de defensa del consumidor, del que es autor el también liberal Simón Gaviria, fue aprobado totalmente en segundo debate por la Cámara de Representantes y pasa a consideración del Senado para sus dos últimos debates




