Panamá define si Hurtado es perseguida política: ex canciller Ramírez
El ex canciller Augusto Ramírez Ocampo sostuvo que sólo Panamá podría calificar la situación de la ex directora del DAS, María del Pilar Hurtado, como sujeto de un asilo político.
El ex canciller Augusto Ramírez Ocampo sostuvo que sólo Panamá podría calificar la situación de la ex directora del DAS, María del Pilar Hurtado, como sujeto de un asilo político
Explicó que Colombia tradicionalmente ha sido campeona en el respeto a la figura del derecho de asilo político y por lo tanto no cree que el gobierno nacional se oponga a esa situación, pues solo el país asilante tiene la facultad de calificar si el peticionario está involucrado en delitos políticos o comunes
"El asilo se concede por delitos políticos, no por los comunes. Pero esa calificación solo la otorga el país asilante, en este caso Panamá", dijo Ramírez, y en ese caso Colombia, como gobierno no podría oponerse
Agregó que si en el futuro se evidencia algo contrario, es decir que los organismos judiciales decidan lo contrario y verifiquen la señora Hurtado cometió delitos comunes, Colombia a través de la Cancillería debe tramitar la extradición. Y en ese caso su entrega dependería del gobierno panameño




