'El cohecho obliga a castigar tanto al que recibe como al que ofrece dinero', dice Presidente de la Corte
El magistrado recordó que el Código Penal ordena castigar por cohecho no solo a quienes reciben dinero o prebendas sino también a las personas encargadas de hacer los ofrecimientos


El presidente de la Corte Suprema de Justicia, Augusto Ibañez, recordó que el Código Penal ordena castigar por cohecho no solo a quienes reciben dinero o prebendas sino también a las personas encargadas de hacer los ofrecimientos, al referirse a las condenas contra los ex congresistas Teodolindo Avendaño e Iván Díaz Mateus por el escándalo de la "yidispolítica". En diálogo con Caracol Radio, el magistrado ratificó que la Corte Suprema no es competente para investigar al ministro de Protección Social, Diego Palacio, y al ex ministro del Interior, Sabas Pretelt De La Vega, quienes aparentemente ofrecieron prebendas a congresistas para que cambiaran su voto a favor de la reelección presidencial en el 2004
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"La Corte Suprema no tiene competencia para investigar a los ministros, eso le corresponde a la Fiscalía, pero obviamente la sentencia dice cómo se produjeron los hechos. La sentencia es una unidad total, la sentencia lo que hace es tomar los puntos, demostrados, analizarlos y llegar a una conclusión", explicó Ibañez
Sobre la apertura de investigación preliminar en contra de 86 representantes a la Cámara que votaron a favor del proyecto de referendo reeleccionista en diciembre del 2008, el magistrado Ibañez explicó que la decisión fue tomada por una de las secciones de la Sala Penal que busca determinar si hubo irregularidades en la actuación de los parlamentarios




