La Procuraduría pide poner en cintura a clínicas de aborto
El Procurador General pidió a la Policía ejercer control sobre las clínicas clandestinas de aborto e imponer las medidas sancionatorias a quienes lo practiquen de manera ilegal.


El Procurador General de la Nación, Alejandro Ordóñez Maldonado, mediante una directiva en la que dispone el cumplimiento de unas directrices sobre el caso del aborto pidió a la Policía ejerza control sobre las clínicas clandestinas de aborto
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Así mismo pidió que se impongan las medidas sancionatorias, cuando a ello hubiere lugar, a las personas y a los establecimientos o lugares en los cuales se verifique que de manera clandestina se ofrece y práctica el delito del aborto. De igual manera pidió a los funcionarios públicos salir en defensa y protección de los derechos fundamentales de las mujeres gestantes, del derecho a la vida del no nacido y del derecho de los objetores de conciencia. El procurador general solicitó a las entidades competentes ofrezcan servicios de asesoría integral a las mujeres gestantes que pueden acceder al aborto según las condiciones especiales determinadas por la Corte Constitucional
Explico que ellas voluntariamente deben manifestar la intención de someterse al aborto, a fin de que estando cobijadas por tales circunstancias puedan acceder a la prestación del servicio en las entidades habilitadas para ello. En esta directiva la Procuraduría requiere que periódicamente las entidades prestadoras del servicio de salud respete el derecho de los profesionales de la salud a participar o no en las intervenciones para la práctica del aborto en los casos excepcionales señalados por la Corte Constitucional, de modo que se garantice en igualdad de condiciones el derecho a la objeción de conciencia y a la no objeción de conciencia
Se requiere a la Superintendencia Nacional de Salud y a las entidades territoriales de salud para que impartan directrices a las entidades prestadoras de salud con el fin de que se garanticen los derechos fundamentales de los seres humanos por nacer, así como los de las madres gestantes que libremente opten por dar continuidad al embarazo
Otra de las ordenes que se dan es requerir al Tribunal Nacional de Ética Médica y a los Tribunales Ético-profesionales para que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 23 de febrero 18 de 1981, informen sobre “los procesos ético-profesionales que se presenten a razón del ejercicio de la medicina en Colombia” (art. 63) y que tengan relación con las directrices de esta Circular.




