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Registraduría decidirá si anula o no firmas de empleados de DMG que apoyaron referendo reeleccionista

En un dilema se encuentra la Registraduría sobre la petición de empleados de DMG, que en un comienzo apoyaron el referendo y que ahora solicitan la anulación de las firmas.

En un verdadero dilema jurídico se encuentra al Registraduría Nacional del Estado Civil sobre la petición de empleados de DMG, que en un comienzo apoyaron el referendo reeleccionista y que ahora solicitan que sus firmas sean anuladas

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Cerca de 320 trabajadores de DMG presentaron ante el Consejo Nacional Electoral un derecho de petición para que sus firmas sean anuladas, al considerar que después de ese respaldo al referendo el Presidente Uribe los califica de delincuentes

Los empleados en su petición, que está en manos de la Registraduría ,sostienen que desde hace siete años están vinculados a la empresa DMG como tarjetabientes, a través de un contrato voz a voz donde hay más de cuatro millones de personas a nivel nacional

Expresan que el 17 de noviembre de 2008, el Presidente de la República intervino la empresa y que después el Jefe del estado y sus colaboradores los declaran como presuntos delincuentes

Sostienen que el año pasado, a petición de miembros del partido de la U, se recolectaron y transportaron firmas de los “presuntos delincuentes” en todas las oficinas de DMG en el país de quienes apoyaron el referendo para reelegir al presidente Uribe

Agregan que ante los hechos descritos, solicitan a quien corresponda anular las firmas de apoyo al referendo de reelección del Presidente Uribe, porque ahora se oponen a un nuevo mandato del Jefe del estado

Al respecto, Caracol Radio consultó al Director Nacional del Censo Electoral de la Registraduría, Holman Ibáñez, quien sostuvo que lo primero que hará la organización es constatar si realmente esas firmas aparecen en los listados presentados y corresponden a la realidad

Dijo que esa petición no tiene antecedentes y por tal razón asesores jurídicos han comenzado a estudiar el caso para emitir un concepto en menos de 15 días, que es el tiempo de plazo que concede la ley

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