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Reducen tasas de interés a contribuyentes morosos

La nueva tasa, inferior en 0,29 puntos porcentuales a la que rigió en el primer trimestre, tendrá aplicación hasta el treinta de junio próximo, informó la Dian.

En el 30,42 por ciento fijó la Dirección de Impuestos y Aduana Nacionales, la tasa de interés que cobrará a las personas naturales y jurídicas que se atrasen en el pago de sus impuestos

La nueva tasa, inferior en 0,29 puntos porcentuales a la que rigió en el primer trimestre, tendrá aplicación hasta el treinta de junio próximo, informó la Dian

El interés de mora se liquidará por cada mes calendario de retardo en el pago de impuestos, anticipos y retenciones

La misma tasa se reconocerá al contribuyente cuando la Dian tenga que efectuar a su favor la devolución de impuestos

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