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Hasta en el 7,67% podrán ser reajustados los arriendos de vivienda

Dependiendo de la fecha en que se firmó el respectivo contrato, el valor de los arriendos de vivienda en Colombia podrá ser incrementado en el cinco o en el 7,67 por ciento

Dependiendo de la fecha en que se firmó el respectivo contrato, el valor de los arriendos de vivienda en Colombia podrá ser incrementado este año en el cinco o en el 7,67 por ciento, respectivamente, explicaron las lonjas de propiedad raíz. Los precios de los arriendos pactados con posterioridad al 20 de julio de 2003, solamente podrán ser reajustados, hasta en un cinco por ciento. El aumento, corresponde a la meta de inflación que para todos los efectos legales estableció para este año la Junta Directiva del Banco de la República. El valor de los arriendos convenidos antes de julio de 2003, podrá ser incrementado en el mismo porcentaje de la inflación causada en el 2008, es decir en el 7,67 por ciento. Los ajustes se pueden aplicar al vencimiento y renovación del respectivo contrato, explicó el constructor y expresidente de Fedelonjas, Sergio Mutis. Según la Federación de Lonjas, cerca de 15 millones de personas viven actualmente en arriendo en el país. El valor de los arriendos diferentes a vivienda, como bodegas, oficinas y locales comerciales, puede ser incrementado libremente por acuerdo entre las partes.

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