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Ahorros inferiores a $8.3 millones no serán gravados con el tributo bancario

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, actualizó en 7,75% todos los valores tributarios que regirán para el 2009.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, actualizó en 7,75% todos los valores tributarios que regirán para el 2009. El llamado paquete tributario de fin de año establece que los trabajadores colombianos que el año entrante ganen menos de tres millones 352 mil 169 pesos, no se verán afectados con la retención en la fuente que se aplicará gradualmente y con tarifas diferenciales del 19, 28 y 33 por ciento, según el ingreso de cada asalariado. Las cuentas de ahorros que específicamente determine una persona inferiores a ocho millones 317 mil pesos no serán gravadas con el impuesto bancario del cuatro por mil. Cada colombiano tendrá derecho a una sola cuenta con este beneficio. En el caso de los pensionados podrán tener dos cuentas exentas. Una de carácter general y otra en donde reciben sus mesadas siempre y cuando las mismas no superen los 970 mil pesos al mes. El año entrante estarán obligado a declarar y eventualmente a pagar al renta dos millones de personas entre naturales y jurídicas. Por primera vez deberán cumplir con esta obligación 300 mil nuevos contribuyentes. En el caso de las personas naturales están obligados a declarar el ejercicio gravable del 2008 quienes durante este año hubiesen percibido ingresos superiores a los 72 millones 778 mil pesos. También quienes hayan poseído un patrimonio superior a los 99 millones 243 mil pesos; o hubiesen realizado compras incluyendo las tarjetas de crédito por encima de los 61 millones 751 mil pesos. Están también obligados a declarar todos los colombianos que en el 2008 hubiesen realizado movimientos bancarios por encima de los 99 millones 243 mil pesos. El año entrante el impuesto de renta baja del 34 al 33 por ciento y el impuesto de timbre del uno al 0.5 por ciento. Las personas naturales estarán obligadas a presentar y pagar el impuesto de renta en el mes de agosto y no en junio como se aplicó este año. Los siete mil 500 grandes contribuyentes del impuesto de guerra o de patrimonio, deberán declarar y pagar esta contribución en dos cuotas que se cancelarán en los meses de mayo y septiembre.

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