Se salvó la Reforma Política en el Senado
El Gobierno Nacional desde muy temprano adelantó un intenso cabildeo para persuadir a todos los congresistas uribistas que votaran la reforma
Luego de una prolongada sesión, la plenaria del Senado de la República negó 45 impedimentos en la discusión de la Reforma Política, con lo cual quedaron habilitados los miembros de los partidos de la coalición, y así el Gobierno pudo completar los votos que le faltaban para aprobar la iniciativa en cuarto debate. Sin embargo, la votación fue apretada porque el informe de ponencia que necesitaba 52 votos escásamente alcanzó 54 y dos en contra. El Gobierno Nacional desde muy temprano adelantó un intenso cabildeo para persuadir a todos los congresistas uribistas que votaran la reforma al punto que los ministros abandonaron sus despachos y se trasladaron a la plenaria para presionar la aprobación. Temas del proyectoEl proyecto al que le restan cuatro debates establece control a la financiación de los partidos con personería jurídica, que se hará principalmente con dineros del Estado, propone la doble militancia que será sancionada con la pérdida de la curul o el cargo respectivo. Las sanciones para los partidos que violen las normas sobre organización, funcionamiento o financiación se tipificarán en una escala de sanciones que irán desde multas hasta pérdida de la curul o de la personería jurídica. A partir del 2009 o la vigencia de la ley se aplicará la ‘silla vacía’ como sanción, en el momento en que un congresista sea detenido por las autoridades. Es decir que el partido tendrá que prescindir de la curul cuando uno de sus miembros esté incurso en una investigación y tenga medida de aseguramiento. "Los miembros de las corporaciones públicas no tendrán suplentes. Sólo podrán ser reemplazados en caso de muerte, incapacidad absoluta para el ejercicio de cargo, renuncia justificada, motivada y aceptada por la respectiva corporación”, dice la norma. No será justificada la renuncia cuando se haya iniciado investigación judicial por delitos cometidos en Colombia o en el exterior relacionada con pertenencia, promoción o financiación a o por grupos armados ilegales, de narcotráfico o delitos de lesa humanidad. Este punto tendrá vigencia para las investigaciones contra los congresistas que comiencen a partir de que sea sancionada la norma. Es decir no se aplicará a los congresistas cuyos procesos de investigación ya empezaron, y que estando detenidos, tienen un reemplazo en el Congreso. Se prohibe a los funcionarios del Estado nombrar empleados a personas con las que tengan parentesco hasta el cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad, primero civil, o con quien estén ligados por matrimonio o unión permanente. El artículo 13 de la Reforma dice que “el Gobierno no podrá conferir empleo a los magistrados de la Rama Judicial, Corte Constitucional, Corte Suprema de Justicia, Consejo de Estado, Consejo Superior de la Judicatura y Consejo Nacional Electoral, así como al Procurador General de la Nación, Defensor del Pueblo, Fiscal General de la Nación y Contralor de la República, ni a sus parientes dentro del primer grado de consanguinidad durante el respectivo periodo de ejercicio de sus funciones o dentro del año siguiente a su retiro, salvo en el servicio exterior”. La oposición ha argumentado que el hecho de que los funcionarios que menciona la norma puedan ser nombrados en el servicio exterior es una forma de garantizar una suerte de “exilio” a aquellos que salen de sus cargos y que eventualmente podrían tener problemas con la justicia por su mala gestión.
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