Agricultores damnificados por inundaciones tienen derecho a recibir el auxilo por mas de una vez
E Consejo de Estado determinó que el Ministerio de Agricultura no puede negar el apoyo económico a los agricultores que resulten damnificados por el invierno.
La sección primera del Consejo de Estado determinò que el Ministerio de Agricultura no puede negar el apoyo económico a los agricultores que resultan por más de una vez damnificados por cuenta del invierno. En el fallo el Consejo de Estado considera que "la administración trata de validar su descuido, desconociendo además un derecho con categoría constitucional como es el de la igualdad. El pronunciamiento fue hecho al estudiar la queja del señor Fabio Regino Bernal, quien se inscribió para ser beneficiario del citado apoyo, toda vez que como consecuencia del desbordamiento del río Cauca en octubre 26 de 2007 produjo la inundación de más de veinte hectáreas de cultivo de arroz tecnificado de su propiedad, pero no fue aceptado porque había sido beneficiado con un apoyo en la primera temporada invernal. Por su parte el agricultor damnificado señaló que si bien es cierto que ya había sido el titular de un beneficio, también lo es que volvió a ser uno de los afectados en la segunda temporada invernal. Con ponencia del magistrado Rafael Lafon, dice que "no equivale a decir que se tenga derecho sólo una vez al apoyo que ofrece el Estado, toda vez que, puede acontecer que la inundación del primer semestre de 2007 haya afectado una porción de terreno de una persona, objeto de compensación en ese primer semestre, y que en el segundo semestre de ese mismo año haya sobrevenido una nueva temporada invernal ocasionando inundaciones sobre otro predio o un área diferente pero que hace parte del mismo terreno de la persona que había sido compensada por un hecho diferente en el primer semestre". Ante esta situación se ordenó al Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural que de acuerdo con el reglamento Técnico para la adjudicación de los apoyos directos para productores pecuarios y agrícolas afectados por las inundaciones ocasionadas por la temporada invernal del segundo semestre de 2007, estudie la factibilidad del otorgamiento del auxilio en los terrenos respecto de los cuales no se haya cancelado el respectivo incentivo en el primer semestre de 2007.




