La Corte Suprema ordena al INPEC la detención domiciliaria de Yidis Medina
La Sala Penal de la Corte dijo que por encima de la medida de aseguramiento contra Yidis Medina, por el delito de secuestro, está la sentencia condenatoria.
La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia dijo que por encima de la medida de aseguramiento, proferida por la Fiscalía, contra Yidis Medina, por el delito de secuestro, está la sentencia condenatoria, proferida por el alto tribunal
En un pronunciamiento hecho por la sala penal de la Corte Suprema de Justicia dirigida al director del Inpec, general Eduardo Morales, el alto tribunal aseguró que no está facultado para retrasar el traslado de Yidis Medina a su domicilio. Según la Corte Suprema, el acatamiento de dicha medida no puede ser retrasadó por el Inpec, porque la entidad sólo está facultada para controlar su cumplimiento. “La sala condeno a Yidis Medina a la pena de prisión que fue sustituida por la prisión domiciliaria y el acatamiento de dicha medida sustitutiva no puede ser dilatada por el INPEC, entidad que solo está facultada para controlar su cumplimiento” , señala el pronunciamiento de la Sala Penal. Se espera que luego de que el INPEC sea notificado, la ex congresista sea trasladada de El Buen Pastor a la residencia en Bogotá donde cumplira su condena



