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La Corte le advierte a las EPS que no pueden demorar la entrega de medicamentos

La Corte Constitucional hizo una fuerte recriminación a una EPS y a un juez por demorar la orden de entrega de un medicamento a un enfermo renal que murió esperando el trámite

La Corte Constitucional hizo una fuerte recriminación a una EPS y a un juez por demorar la orden de entrega de un medicamento a un enfermo renal que murió esperando el trámite para reclamar la droga. La Corte Constitucional le advirtió a las EPS e incluso a los jueces de la república que no se puede exigir a los usuarios la presentación de la solicitud del llamado Comité Científico como requisitos para el suministro de medicamentos fuera del POS. Luis Antonio Guerrero padecía una grave enfermedad por lo que le formularon una serie medicamentos que estaban fuera del POS los cuales no le fueron suministrados y mientras interpuso las tutelas que fueron negadas, su salud se fue deteriorando hasta que finalmente falleció. El alto tribunal advirtió que para la autorización de entrega de medicamento fuera del Plan Obligatorio de Salud basta el dictamen del médico y los demás requisitos que deben ser agotados antes de llegar al comité científico. En cuanto al juez que negó la tutela lo requirió para que se informe ya que no puede, a través de la tutela, informar y aconsejar al paciente sobre la forma en que debía proceder ya que su deber era el de darle protección inmediata.

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