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La Dian incrementa los intereses para los contribuyentes morosos

En casi un punto porcentual reajustó la Dian la tasa de interés que cobrará a los contribuyentes que no cumplan oportunamente con sus obligaciones tributarias.

En casi un punto porcentual reajustó la Dian la tasa de interés que cobrará a los contribuyentes que no cumplan oportunamente con sus obligaciones tributarias.
La tasa será del 32,75 por ciento anual, será la misma de la usura y tendrá vigencia hasta el 31 de marzo. El interés moratorio se liquidará por cada día calendario de retardo en el pago de impuestos, anticipos y retenciones administrados por la Dian.
La misma tasa se reconocerá al contribuyente cuando la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales tenga que hacer la devolución de tributos.
De igual forma, la administración tributaria hizo un llamado a los contribuyentes morosos para que se pongan al día o establezcan acuerdos de pago y eviten de esta manera la adopción de medidas coercitivas como el embargo y el remate de bienes.

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