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El viagra se seguirá produciendo como medicamento genérico

El ministerio publico consideró que la demanda interpuesta por laboratorios Pfizer debe ser nula, ya que la patente de la sustancia inicialmente fue registrada para solucionar problemas cardiacos y no se puede patentarse los segundos usos.

La multinacional que pretende patentar en Colombia el Viagra, utilizado para la disfunción eréctil, no lo podría hacer según un concepto emitido por la Procuraduría ante el Consejo de Estado.
El ministerio publico consideró que la demanda interpuesta por laboratorios Pfizer debe ser nula, ya que la patente de la sustancia inicialmente fue registrada para solucionar problemas cardiacos y no se puede patentarse los segundos usos.
En la demanda, Pfizer pretende la nulidad de las resoluciones de la Superintendencia de Industria y Comercio que negaron la solicitud de este laboratorio para registrar la patente de invención de la sustancia pirazolopimidinonas, utilizada en medicamentos para el tratamiento de la impotencia sexual.
Para la Procuraduría, Las normas convenidas por los países miembros del Acuerdo de Cartagena, mediante tratado suscrito por los gobiernos de Bolivia, Colombia, Ecuador, Perú y Venezuela, los obliga a cumplir el ordenamiento jurídico de la Comunidad Andina y las decisiones que el Tribunal de Justicia emita.
Entre estas disposiciones se prohíbe patentar los segundos usos de productos o de procedimientos que ya fueron patentados, y no admite interpelación en otro sentido.
La medida establece expresamente que los procedimientos o productos ya patentados no pueden ser nuevamente registrados para usos distintos al de la patente original, indicó el delegado del organismo de control ante el Consejo de Estado.
La Procuraduría también refutó el argumento esgrimido por los apoderados de Pfizer, quienes aseguran que todas las patentes podrán obtenerse por todas las invenciones sean productos o procedimientos siempre que sean nuevas, entrañen una actividad inventiva y sean susceptibles de aplicación industrial.
Para la Procuraduría esa norma no autoriza la patentabilidad de segundos usos y sólo hace referencia a productos y procedimientos. Además hay que tener en cuenta que estos argumentos fueron rechazados en Venezuela, Perú y Ecuador, concluyó el Ministerio Público en su concepto

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