Los Altos Tribunales presentaron reglamento sobre la elección del Registrador Nacional
Según el reglamento, la convocatoria se hará dentro de los treinta días siguientes a la vacante del cargo de Registrador, en un aviso de prensa que se publicará una sola vez en un diario de amplia circulación nacional y en la página web de la Rama Judicial.
La Corte Constitucional, la Corte Suprema de Justicia y el Consejo de Estado establecieron el reglamento del concurso para la elección del Registrador Nacional del Estado Civil.Según el reglamento, la convocatoria se hará dentro de los treinta días siguientes a la vacante del cargo de Registrador, en un aviso de prensa que se publicará una sola vez en un diario de amplia circulación nacional y en la página web de la Rama Judicial.En los veinte días siguientes los aspirantes podrán inscribir su candidatura. En el concurso podrán participar los colombianos de nacimiento o ciudadanos en ejercicio, deben tener el título de abogado de una reconocida Universidad, no podrán haber sido condenados a ninguna pena privativa de la libertad, excepto por delitos políticos o culposos. Los concursantes deberán tener experiencia de 10 años en cargos en la Rama Judicial o en el Ministerio Público, o haber ejercido la profesión de abogado, o la cátedra universitaria en disciplinas jurídicas en establecimientos reconocidos oficialmente.No deben tener ninguna inhabilidad o incompatibilidad para el desempeño del cargo y, en especial, no haber ejercido funciones en cargos directivos en partidos o movimientos políticos dentro del año inmediatamente anterior a la elección de Registrador.La inscripción se realizará en cualquiera de las Secretarias Generales de la Corte Constitucional, la Corte Suprema de Justicia o el Consejo de Estado. El Registrador Nacional del Estado Civil tomará posesión ante los Presidentes de la Corte Constitucional, la Corte Suprema de Justicia y el Consejo de Estado, previa presentación de la documentación requerida para el efecto.Para la realización de este concurso de méritos, los Presidentes de la Corte Constitucional, la Corte Suprema de Justicia, y el Consejo de Estado, crearán una Secretaría Ad- Hoc con personal contratado para el efecto. En el evento en que el elegido no acepte dentro del término antes mencionado, los presidentes de la Corte Constitucional, la Corte Suprema de Justicia y el Consejo de Estado dispondrán de cinco días calendario siguientes a la no aceptación para elegir, por mayoría, de la lista de elegibles al nuevo Registrador.Tras la evaluación de los requisitos mínimos se comunicará la lista de los aspirantes admitidos, en las Secretarías de cada una de las Cortes, y en la página web de la Rama Judicial: www.ramajudicial.gov.co




