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La Corte Suprema le puso freno al 'paseo hospitalario de la muerte'

La Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia condenó a Susalud Medicina Prepagada y a la Clínica Santa María de Itagüí, a pagar 167 millones de pesos, por negligencia para atender a un hombre, quien murió tras haberle negado en repetidas ocasiones una cirugía cardíaca de carácter urgente.

La Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia condenó a Susalud Medicina Prepagada y a la Clínica Santa María de Itagüí, a pagar 167 millones de pesos, por negligencia para atender a un hombre, quien murió tras haberle negado en repetidas ocasiones una cirugía cardíaca de carácter urgente.
El alto tribunal consideró que las dos entidades prestadoras del servicio de salud "tenían la obligación de practicar el procedimiento quirúrgico a Edgar Rodríguez, desde el momento en el que le diagnosticaron la gravedad de su situación".
Sin embargo, Susalud EPS y la Clínica Santa María se negaron a realizar la intervención quirúrgica, porque al paciente le faltaban cinco millones de pesos para el pago de la cirugía.
El tratamiento fue autorizado solamente dos días después del fallecimiento de Edgar Rodríguez.
El magistrado Edgardo Villamil Portilla, ponente de la sentencia, dijo que "las EPS y las IPS tienen el deber de atender a los ciudadanos cuando hay una situación de urgencias".
La viuda y los huérfanos del médico veterinario Edgar Rodríguez Guzmán, recibirán la indemnización por los perjuicios morales y materiales.

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