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Con retención del 20% será gravado el reparto de utilidades empresariales

El gobierno reglamentó parcialmente la Reforma Tributaria y confirmó un impuesto del veinte por ciento, que se aplicará por la vía de la retención en la fuente, para los pagos o reparto de utilidades o dividendos que se realicen en favor de los socios de las empresas

El gobierno reglamentó parcialmente la Reforma Tributaria y confirmó un impuesto del veinte por ciento, que se aplicará por la vía de la retención en la fuente, para los pagos o reparto de utilidades o dividendos que se realicen en favor de los socios de las empresas.
La tarifa se aplicará siempre y cuando el socio declare renta, señala el decreto 567 del Ministerio de Hacienda.
Si la persona que reciba el dividendo no declara renta, la tarifa será del 34 por ciento. En el caso de los dividendos que se entreguen a extranjeros no residentes en el país la tarifa para este año será del 34 por ciento y del 33 para el siguiente.
La norma confirmó igualmente el IVA del diez por ciento para el maíz que se adquiera con destino a la producción de alimentos de consumo humano siempre y cuando el producto sea sometido al proceso de trilla o trituración. Para esos efectos se considerará como maíz de uso industrial que está gravado con IVA del diez por ciento.

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