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Colombia tiene nueva reforma tributaria

A conciliación y luego a sanción del presidente de la República Alvaro Uribe Vélez, para que se convierta en nueva Ley de la República, pasó la reforma tributaria. Las plenarias de Cámara y Senado aprobaron el proyecto en último debate. El impuesto de guerra o de patrimonio, el de renta, el IVA , el tributo bancario del cuatro por mil y los ajustes integrales por inflación, constituyen la parte estructural de la nueva normatividad impositiva para los colombianos

A conciliación y luego a sanción del presidente de la República Alvaro Uribe Vélez, para que se convierta en nueva Ley de la República, pasó la reforma tributaria.
Las plenarias de Cámara y Senado aprobaron el proyecto en último debate. El impuesto de guerra o de patrimonio, el de renta, el IVA , el tributo bancario del cuatro por mil y los ajustes integrales por inflación, constituyen la parte estructural de la nueva normatividad impositiva para los colombianos.
Con la reforma, se introduce un elemento novedoso sobre el que tendrán que familiarizarse los contribuyentes.
Se trata de la Unidad de Valor Tributario, UVT, con la que se actualizará, periódicamente, todas las cifras relacionadas con los impuestos. La UVT, para el próximo año valdrá 20 mil pesos.
El impuesto de guerra lo pagarán las personas o empresas con patrimonios líquidos que superen los tres mil millones de pesos. Se cobrará por cuatro años a partir del 2007 con una tarifa del 1,2 por ciento.
Con ese impuesto el gobierno proyecta recaudar ocho billones 600 mil millones de pesos que serán utilizados para la modernización del aparato militar del Estado y la ampliación en al menos 40 mil hombres, el pie de fuerza del país.
La tarifa del impuesto de renta bajará gradualmente dos puntos, del 35 al 33 por ciento. El impuesto bancario o gravamen a las transacciones financieras del cuatro por mil será permanente pero con algunas novedades.
Será deducible, en un 25 por ciento, para las personas tanto naturales como jurídicas, que declaren la renta. Para el común de los colombianos el impuesto bancario no se aplicará cuando quiera que los retiros de una cuenta corriente o de ahorro previamente determinada, no superen los siete millones de pesos mensuales o el equivalente a 350 UVT.
Sobre el IVA se establecieron ocho tarifas diferenciales; del 1,6 por ciento, 3, 5, 10, 16, 20, 25 y 35 por ciento.
Los principales productos de la canasta familiar como la leche, los huevos, la papa, el tomate, la lechuga, la yuca, quedaron por fuera de la aplicación del IVA. Sobre el pan el gobierno insistió en gravarlo con la tarifa del diez por ciento pero fue varias veces derrotado. Este producto quedó en el rango de los excluidos del IVA..
Con la tarifa del 1,6 por ciento quedaron gravados los servicios de aseo, vigilancia y empleo temporal y con la del diez la medicina prepagada, el café tostado, el arroz para uso industrial. la harina de trigo, los embutidos, jarabes, melaza, cacao y pastas, entre otros..
El impuesto de timbre desaparecerá gradualmente y se elimina el sistema de ajustes integrales por inflación. La reforma modificó la fórmula para el cobro del impuesto al consumo de los cigarrillos.
La cajetilla de 20 unidades con precio inferior a los dos mil pesos, tendrá un impuesto de 400 pesos y de 800 cuando el valor supere los dos mil.
El impuesto del siete por ciento para el giro de remesas o de utilidades fue eliminado; los impuestos locales de industria, comercio y predial serán deducibles del de renta en un ciento por ciento mientras que también serán deducibles, hasta en un cuarenta por ciento, las inversiones que realicen las personas naturales o jurídicas en activos fijos.
La reforma tributaria preservó los beneficios fiscales a las rentas laborales. La retención en la fuente podrá disminuir por gastos en salud, educación y vivienda.
El cambio de la tradicional tabla de retención en la fuente por los valores en UVT, no afectará el valor de los descuentos anticipados que se le hace a los salarios de los trabajadores.
La futura nueva Ley de la República preservó los beneficios contemplados en la leyes del Cine y del Libro como también los incentivos fiscales a las cuentas AFC y a los ahorros en los Fondos Privados de Pensiones.
La renta presuntiva se reduce del seis al tres por ciento y las remesas que envíen colombianos en el exterior a sus familiares en el país que no superen los 60 UVT, el equivalente a un millón 200 mil pesos, estarán exentos del 4x1000.
Por no encontrar el respaldo político, ni siquiera en su propia bancada, el gobierno desistió de su propuesta de castigar con cárcel la evasión tributaria.

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