La Procuraduría insiste en que se incumple la atención a los desplazados del país
En el quinto informe de seguimiento a la sentencia de la Corte Constitucional 2004, la Procuraduría encontró que hay un reiterado incumplimiento por parte de algunas de las entidades del orden nacional y departamental en lo que concierne a la protección y atención a la población desplazada en Colombia
En el quinto informe de seguimiento a la sentencia de la Corte Constitucional 2004, la Procuraduría encontró que hay un reiterado incumplimiento por parte de algunas de las entidades del orden nacional y departamental en lo que concierne a la protección y atención a la población desplazada en Colombia. A juicio de la Procuraduría, si bien se han registrado algunos progresos, en general el proceso avanza con lentitud y dificultad. La Procuraduría detectó que el monto de 1.3 billones de pesos, establecido por el Gobierno para el 2005 y 2006 es insuficiente para restablecer los derechos de las víctimas. Además, evidencia que al 99.6% de los desplazados no le habían sido restituidos sus derechos. Es decir, a diciembre de 2004, menos de 6.000 personas habían recibido todas las ayudas de ley. El ministerio público advierte una vez más, la drástica diferencia entre las cifras de víctimas ya que el gobierno señala que hay al rededor un millón 700 mil personas, cuyo costo de atención calcula en aproximadamente 4.7 billones de pesos, CODHES y la Conferencia Episcopal Colombiana afirman que existen más de 3 millones de personas desplazadas. La Procuraduría, concluyó que el conteo oficial adolece de serias limitaciones de índole conceptual y operativa, que necesariamente le impiden reflejar la verdadera magnitud del desplazamiento forzado. En lo relacionado con el derecho a la subsistencia mínima, es necesario hacer énfasis en la diferencia que existe entre la Ayuda Inmediata y la Atención Humanitaria de Emergencia. La primera se otorga a quienes han rendido su declaración y cuyo proceso de inscripción en el Sistema Único de Registro (SUR) se encuentra en trámite, la segunda, sólo se entrega a aquellas personas que fueron inscritas en el SUR. Se detectó que la ayuda inmediata continúa siendo precaria en algunas ciudades como Barranquilla, donde Acción Social presentó una cobertura del 0.25% en alojamiento y 0.51% en alimentación, y el Comité del 1.27% en ambos componentes. Así mismo, en Santa Marta, la cobertura en ayuda inmediata fue del 1.19% por parte de Acción Social. En ciudades como Riohacha y Pasto, encontramos un mayor nivel de cobertura por encima del 50%.En relación con la Ayuda Humanitaria de Emergencia, algunas de las ciudades evaluadas como Riohacha, Cartagena y Barranquilla reportaron un mejor desempeño; sin embargo, su nivel de cobertura no ha sido suficiente para garantizar el mínimo vital de las personas desplazadas, víctimas de un crimen de guerra y de lesa humanidad. Por el contrario, en Sincelejo, el componente de alojamiento sólo alcanzó el 9.40%.La Procuraduría consideró que el cumplimiento oportuno de las órdenes impartidas por la Corte Constitucional, puede evitar que los desplazados acudan a la acción de tutela para lograr la atención a la que tienen derecho. Ante esto, la Procuraduría instó a las entidades que conforman el Sistema Nacional de Atención Integral a la Población Desplazada para que construyan los índices de la demanda real del servicio prestado a la población desplazada para que con base en ellos diseñen sus metas de gestión y evalúen su cumplimiento. Finalmente las exhortó para que en sus informes futuros, relacionen de manera explícita los avances que se registren en el cumplimiento de sus obligaciones.




