Todo listo para el 'Día sin Carro' en Bogotá
El próximo 2 de febrero se realizará la octava jornada que restringirá el tránsito de vehículos particulares desde las 6:30 am hasta las 7:00 pm.El secretario de Tránsito, Justo Germán Bermúdez, confirmó que la multa por incumplir la medida, será de 204 mil pesos y la inmovilización del vehículo en caso de encontrarse en una vía arteria
Hoy 2 de febrero se realizará la octava jornada que restringirá el tránsito de vehículos particulares desde las 6:30 am hasta las 7:30 pm.El secretario de Tránsito, Justo Germán Bermúdez, confirmó que la multa por incumplir la medida, será de 204 mil pesos y la inmovilización del vehículo en caso de encontrarse en una vía arteria.Para ese dia podrán transitar sin restricción los vehículos de servicio público, menos los que tienen pico y placa o sea los números terminados en 9 y 0 que deberán salir de circulación entre las 5:30 y las 9:00 pm.Ese día podrán circular los siguientes vehículos:*Vehículos de transporte público que no tengan "pico y placa" *Vehículos de servicios especiales de transporte de estudiantes*Vehículos que transporten más de diez (10) pasajeros*Caravana Presidencial y vehículos del cuerpo diplomático*Carrozas fúnebres*Vehículos pertenecientes a las Fuerzas Militares y de Policía Nacional.*Ambulancias, vehículos del cuerpo de Bomberos y vehículos para la atención de emergencias.*Vehículos que transporten a discapacitados, únicamente cuando se utilicen como medio de transporte de estas personas. *Vehículos operativos de empresas de servicios públicos domiciliarios que tengan el logo pintado en la carrocería. *Vehículos destinados al control de tráfico y grúas autorizadas o propias de la STT, plenamente identificados.*Motocicletas.*Vehículos con blindaje igual o superior al nivel tres (3).*Vehículos destinados a la prestación de los servicios de escolta, debidamente identificados y durante la prestación del servicio. *Vehículos de trabajo con logo o nombre de empresa pintado en la carrocería y furgones de carga y reparto de mercancías.*Vehículos supervisores de seguridad privada debidamente identificados.




