Tenderos al régimen simplificado
Los pequeños comerciantes y prestadores de servicio deberán inscribirse al régimen simplificado antes del 31 de marzo, informó la directora de Impuestos Nacionales, Consuelo Caldas Cano.
Bogotá.-- Los pequeños comerciantes y prestadores de servicio deberán inscribirse al régimen simplificado antes del 31 de marzo, informó la directora de Impuestos Nacionales, Consuelo Caldas Cano.A este régimen pertenecen los comerciantes que el año anterior realizaron operaciones gravadas con IVA menores a 123 millones 600 mil pesos y los prestadores de servicios por una cifra menor de 61 millones 800 mil pesos.La administración advirtió que sobre este grupo de contribuyentes no recaerán obligaciones formales como las de facturar, declarar o pagar el IVA, pero sí tiene la obligación de inscribirse en el régimen simplificado.Quienes tienen la calidad de comerciantes deben registrarse en las Cámaras de Comercio.




