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Funciones de policía judicial tendrán control

Las funciones de policía judicial concedidas en la reforma a la Fiscalía a miembros de las Fuerzas Militares no podrán ser permanentes y quedarán sujetas a la autorización del Fiscal General de la Nación.

Por Hernando Marroquín.
Bogotá.---Las funciones de policía judicial concedidas en la reforma a la Fiscalía a miembros de las Fuerzas Militares no podrán ser permanentes y quedarán sujetas a la autorización del Fiscal General de la Nación.
Así quedó establecido en los acuerdos de conciliación entre las comisiones de Senado y Cámara, que serán llevados a aprobación de las respectivas plenarias en el día de mañana.
Los conciliadores coincidieron en que constitucionalmente las funciones de policía judicial permanentes solo las podrán tener los integrantes de la Policía Nacional .
Acordaron que el Fiscal General de la Nación, quien coordina y dirige la policía judicial, podrá, en casos excepcionales y de forma transitoria, conceder funciones de policía judicial a las Fuerzas Militares cuando la situación de orden público así lo amerite.
Los acuerdos de las comisiones quedaron sujetas a la aprobación de las plenarias para que pueda pasar a sanción presidencial.

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