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Corte argentina niega petición de aborto pese a que feto sufre anencefalia

La Corte Suprema de Justicia de la provincia argentina de Buenos Aires negó a una mujer la autorización para que se le practique la inducción del parto del niño que gesta, pese a que los médicos diagnosticaron que el feto padece anencefalia y, por lo tanto, no sobrevivirá al nacer.

BUENOS AIRES.--- La Corte Suprema de Justicia de la provincia argentina de Buenos Aires negó a una mujer la autorización para que se le practique la inducción del parto del niño que gesta, pese a que los médicos diagnosticaron que el feto padece anencefalia y, por lo tanto, no sobrevivirá al nacer.
En un extenso fallo, la Corte provincial revocó la sentencia dictada por un Tribunal de Familia que había autorizado un aborto al considerar la advertencia de los médicos de que la salud psíquica y física de la mujer podría correr peligro a medida que avance el embarazo.
La anencefalia es la ausencia de hemisferios cerebrales y de la estructura ósea del cráneo, lo que significa que el feto se desarrolla en el vientre de la madre en un virtual estado de muerte cerebral.
Los jueces Eduardo Pettigiani, Eduardo De Lázzari, Héctor Negri, Guillermo San Martín, Ernesto Ghione y Elías Laborde coincidieron en que la llamada muerte cerebral no significa ausencia de vida.
"De lo contrario y para ser coherentes, deberíamos sostener que todo feto que sufre de anencefalia no es un ser humano sino un cadáver, un cuerpo muerto, una cosa", afirmaron en el fallo de rechazo a la petición de la mujer.
También fundamentaron su posición en la protección a la vida que contempla la Constitución Nacional, los tratados internacionales suscritos por Argentina y, en especial, la Convención de los Derechos del Niño, que entiende como ser humano a todo feto desde el momento de la concepción.
La Corte provincial consideró que el derecho del niño por nacer "es superior al deseo de la madre de alterar un proceso natural" y que habiendo transcurrido más de 28 semanas de embarazo "el riesgo para la madre es mayor si se interrumpe que si se espera el parto natural".
Los jueces Alberto Pisano, Juan Manuel Salas y Juan Carlos Hitters votaron en disidencia y basaron sus fundamentos en la sentencia de la Corte Suprema de la Nación, el máximo tribunal del país, que había autorizado en enero pasado la interrupción de un embarazo en un caso similar.

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