Entidades privadas deben crear fila preferencial para personas de la tercera edad: Corte Constitucional
El pronunciamiento fue hecho con el fin de proteger el derecho a la dignidad de las personas mayores de 62 años.
Entidades privadas deben crear fila preferencial para personas de la tercera edad: Corte Constitucional
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Mediante tutela, la Corte Constitucional determinó que las entidades privadas que presentan servicios públicos deben disponer de una silla preferencial para personas de la tercera edad, al igual que se estipula para las entidades públicas
El pronunciamiento fue hecho con el fin de proteger el derecho a la dignidad de las personas mayores de 62 años
"Las entidades privadas que prestan servicios públicos están sometidas a las reglas propias del ámbito constitucional, es decir, que en el caso de las EPS e IPS deberán contar, si aún no la tienen, con una ventanilla preferencial para las personas mayores de 62 años", dijo la Corte Constitucional con ponencia de la magistrada María Victoria Calle
Aclara la Corte que la atención preferencial deberá prestarse sin que se ignoren los derechos que le asisten a los niños y niñas, así como los usuarios discapacitados o de mujeres embarazadas cercanas a dar a luz
El pronunciamiento fue hecho al conocerse una tutela interpuesta por el señor José Ignacio Villarraga, quien dijo que fue sometido a largas filas y dilaciones injustificadas, sin que la EPS tuviera en cuenta su edad ni el trato digno que merece
Ante esta situación, la Corte ha ordenado que en el término de 15 días la EPS Famisanar deberá disponer de una ventanilla de atención preferencial para las personas mayores de 62 años