Confirman sanción contra Presidente de la ETB
El Consejo de Estado confirmó la sentencia del 25 de febrero de 2013, que impuso como medida correccional a Saúl Kattan Cohen la multa de 5 salarios mínimos.

Foto: El Tiempo(Thot)

El Consejo de Estado confirmó la sentencia del 25 de febrero de 2013, que impuso como medida correccional al presidente de la ETB, Saúl Kattan Cohen, la multa de 5 salarios mínimos.
El Alto Tribunal negó el recurso de reposición interpueso por el señor Kattan que afirmaba que sus declaraciones fueron una opinión y no una información; que no hubo daños con las declaraciones dadas; que las medidas correccionales y sanciones se deben imponer a quienes obren con dolo o con mala fe, pero él obró de buena fe, y que él pidió excusas públicas, por lo que esta conducta debe traducirse en una exoneración.
La Sala señaló que Kattan efectuó acusaciones sobre la supuesta omisión del Consejo de Estado en observar sus deberes de manera intencionada y que la Corporación era objeto de presiones. Además, destacó el que el señor haya hecho la rectificación al día siguiente y dijo que esa actidud es loable desde una perspectiva de moralidad social e indispensable para que no se le inicie un proceso penal por injuria y calumnia.
Sin embargo, no bastaba con la rectificación porque las declaraciones de Kattan no solo significaron una información errada, "sino que debilitaron injustificadamente la legitimidad de la Administración de Justicia ante la opinión pública y representaron una falta de respeto a la dignidad institucional".
Por ello, procedía imponer las medidas correccionales.
La Sala consideró que Kattan no estaba dando una opinión, sino haciendo una imputación, cuando dijo que "el CE se está haciendo el de la vista gorda".
Explicó la providencia que una acusación injustificada ante un medio de comunicación ataca la dignidad institucional de la justicia y se difunde en la opinión pública de manera que se escapa y no es posible rescatarla.
El Alto Tribunal negó el recurso de reposición interpueso por el señor Kattan que afirmaba que sus declaraciones fueron una opinión y no una información; que no hubo daños con las declaraciones dadas; que las medidas correccionales y sanciones se deben imponer a quienes obren con dolo o con mala fe, pero él obró de buena fe, y que él pidió excusas públicas, por lo que esta conducta debe traducirse en una exoneración.
La Sala señaló que Kattan efectuó acusaciones sobre la supuesta omisión del Consejo de Estado en observar sus deberes de manera intencionada y que la Corporación era objeto de presiones. Además, destacó el que el señor haya hecho la rectificación al día siguiente y dijo que esa actidud es loable desde una perspectiva de moralidad social e indispensable para que no se le inicie un proceso penal por injuria y calumnia.
Sin embargo, no bastaba con la rectificación porque las declaraciones de Kattan no solo significaron una información errada, "sino que debilitaron injustificadamente la legitimidad de la Administración de Justicia ante la opinión pública y representaron una falta de respeto a la dignidad institucional".
Por ello, procedía imponer las medidas correccionales.
La Sala consideró que Kattan no estaba dando una opinión, sino haciendo una imputación, cuando dijo que "el CE se está haciendo el de la vista gorda".
Explicó la providencia que una acusación injustificada ante un medio de comunicación ataca la dignidad institucional de la justicia y se difunde en la opinión pública de manera que se escapa y no es posible rescatarla.






