Vía libre para “revolcón” de magistrados en Sala Disciplinaria de la Judicatura
Tras concepto del Consejo de Estado, el presidente deberá ternar a los candidatos para reemplazar a siete magistrados. Dos ya cumplieron su periodo de ocho años.

Tras concepto del Consejo de Estado, el presidente deberá ternar a los candidatos para reemplazar a siete magistrados. Foto: Colprensa(Thot)

La Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado conceptuó que la Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura puede seguir ejerciendo funciones hasta que se integre la Comisión de Disciplina Judicial.
Sin embargo, advirtió que esa tesis no se opone a que los actuales magistrados de la Sala Disciplinaria que cumplan el período constitucional de ocho años para el cual fueron elegidos deban ser reemplazados en propiedad.
Así las cosas, señaló que el Congreso puede elegir a nuevos magistrados en propiedad de la Sala Disciplinaria, a pesar de la reforma constitucional que la eliminó y ordenó reemplazarla mediante la conformación de la mencionada Comisión de Disciplina. Eso significa que el presidente de la República debe elegir las ternas a partir de las cuales el Congreso elija a los nuevos magistrados (de la Sala Disciplinaria), como lo ordenaba la Constitución antes de la llamada ‘reforma al equilibrio de poderes’.
Adicionalmente, la Sala advirtió que el Consejo Superior, el Gobierno y el Congreso tienen el deber inexcusable de adelantar actuaciones y adoptar decisiones que permitan conformar a la mayor brevedad la Comisión de Disciplina Judicial, la primera de las cuales exige el trámite de una ley estatutaria que fije reglas para la elección de los integrantes del nuevo organismo que controlará la conducta de los abogados del país, pues, a juicio de la Sala de Consulta, la continuidad de situaciones como esta podría llegar a afectar el equilibrio de poderes y el diseño institucional.






