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Talleres de mecánica sí podrán llevar a cabo revisión de gases

La norma que impedía que los talleres prestaran este servicio, al igual que el de la revisión técnico mecánica, quedó anulada.

Foto: Archivo Colprensa.(Thot)

Foto: Archivo Colprensa.

El Consejo de Estado decretó la nulidad de la norma que impedía que los talleres de mecánica prestaran el servicio de la revisión técnico mecánica y de gases y, a su vez, limitaba a los centros de diagnóstico que expiden dichos certificados para que no realizaran actividades de reparación, mantenimiento y venta de repuestos.

Con ponencia del magistrado Guillermo Vargas Ayala, la sección primera de la máxima corporación de lo contencioso administrativo explicó que la ley que fijó las funciones y requisitos en los Centros de Diagnóstico Automotor (CDA) nunca estableció límites con respecto a quienes podrían constituirse como tales.

Según el Consejo de Estado, al expedir la resolución donde se regulaba la revisión técnico-mecánica por parte de los Ministerios de Transporte y Vivienda, el Ejecutivo Nacional se habría extralimitado en sus funciones, pues solo el Congreso puede intervenir en actividades económicas y señalar cómo las autoridades pueden regularlas.

“Aunque la potestad para aplicar sanciones puede radicar en cabeza del Ejecutivo, no se puede usar la facultad sancionadora para crear conductas objeto de sanción o crear la pena respectiva, pues esta es una competencia exclusiva del Congreso de la República”, argumenta la sentencia.

Autor: Carlos Gómez.

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