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Supersociedades decreta liquidación judicial de Inversiones y Construcciones de Lujo

Los reportes evidencian que la sociedad se encuentra en cesación de pagos y que registra obligaciones por más de 67.000 millones de pesos.

La sociedad se encuentra en cesación de pagos y registra obligaciones por más de 67.000 millones de pesos. Foto: Getty Images(Thot)

La sociedad se encuentra en cesación de pagos y registra obligaciones por más de 67.000 millones de pesos. Foto: Getty Images

La decisión por parte del ente de control y vigilancia se dio tras la solicitud de la Delegatura para Inspección, Vigilancia y Control de la Superintendencia de Sociedades, luego de manifestar que la liquidación judicial era la alternativa próxima más eficiente y garantista para mitigar el riesgo de los acreedores, frente a la suspensión de pagos y consecuente estado de insolvencia de la sociedad.

El auto expedido por la Delegatura para Procedimientos de Insolvencia advierte que, como consecuencia de lo anterior, la sociedad quedó en estado de liquidación y que en adelante, para todos los efectos legales, deberá anunciarse siempre con la expresión “en liquidación judicial”.

A partir de la expedición del auto de liquidación judicial, los administradores, ex administradores, asociados y controlantes, están imposibilitados para realizar operaciones en desarrollo de su actividad comercial ya que la sociedad únicamente conserva su capacidad jurídica para desarrollar los actos necesarios tendientes a la inmediata liquidación del patrimonio. Cualquier acto celebrado en contravención a lo anterior será ineficaz, agrega el auto de la Delegatura para Procedimientos de Insolvencia.

Con esta medida, la Superintendencia de Sociedades, además, decretó el embargo y secuestro de todos los bienes, haberes y derechos de propiedad de la sociedad susceptibles de ser embargados y advirtió que estas medidas prevalecen sobre las que se hayan decretado y practicado en los procesos de ejecución y de otra naturaleza en que se persigan bienes de la deudora.

Los acreedores de la sociedad disponen de veinte días para que, de conformidad con la ley, presenten su crédito al liquidador, alegando prueba de la existencia y cuantía del mismo.

En el auto de liquidación la Superintendencia de Sociedades también ordenó al ex representante legal de la sociedad que dentro del mes siguiente presente al liquidador su rendición de cuentas, en los términos que ordena la ley.

El incumplimiento de la anterior orden puede acarrearle al ex representante legal de la sociedad, la imposición de multas sucesivas, de hasta 200 salarios mínimos legales mensuales vigentes.

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