Notarios no saben cómo actuar frente a uniones gay
El caso es que los notarios por sí solos no están en capacidad de interpretar el alcance de la sentencia cuando esta habla de una unión solemne.

(Thot)

Una ambigüedad total reina entre los notarios sobre la aplicación que le darán a la sentencia C-577 de la Corte Constitucional en relación con la unión de parejas del mismo sexo, a partir de este 20 de junio, si el Congreso no legisla.
La sentencia, de julio del 2011, advirtió a jueces y notarios que, en caso de que el Legislador no cumpliera su mandato, las parejas gay podrían acudir ante sus despachos a "formalizar y solemnizar su vínculo contractual".
El caso es que los notarios por sí solos no están en capacidad de interpretar el alcance de la sentencia cuando esta habla de una unión solemne.
Su presidente, Álvaro Rojas, dijo, respecto la Corte, que "mató el tigre y se asustó con el cuero", porque no derogó ni modificó el artículo 113 del Código Civil, según el cual el matrimonio se celebra entre un hombre y una mujer con fines de procreación.
La sentencia, de julio del 2011, advirtió a jueces y notarios que, en caso de que el Legislador no cumpliera su mandato, las parejas gay podrían acudir ante sus despachos a "formalizar y solemnizar su vínculo contractual".
El caso es que los notarios por sí solos no están en capacidad de interpretar el alcance de la sentencia cuando esta habla de una unión solemne.
Su presidente, Álvaro Rojas, dijo, respecto la Corte, que "mató el tigre y se asustó con el cuero", porque no derogó ni modificó el artículo 113 del Código Civil, según el cual el matrimonio se celebra entre un hombre y una mujer con fines de procreación.






