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Mintrabajo respondió a la carta que sindicatos de Colombia enviaron a los presidentes Santos y Obama

En la carta el Ministro afirma que hay una gran desinformación frente a las acciones que ha puesto en marcha el Gobierno en materia de seguridad laboral y compromiso con el TLC.

(Thot)

El ministro de Trabajo, Rafael Pardo, respondió a la comunicación que algunas organizaciones sindicales de Colombia le hicieron llegar al presidente de Estados Unidos, Barack Obama, y al presidente Juan Manuel Santos.

En la carta de 10 puntos el Ministro afirma que hay una gran desinformación frente a las acciones que ha puesto en marcha el Gobierno para alcanzar logros en materia de seguridad, y brindar mejores condiciones laborales de los trabajadores.

Agregó que "Colombia hoy puede decir que ha cumplido con los compromisos del Plan de Acción Laboral del TLC con Estados Unidos, y por esta razón seguiremos compartiendo los logros las veces que sea necesario”.

Rafael Pardo concluyó que el Ministerio de Trabajo está comprometido con el cumplimiento, el contenido y el alcance de la intermediación laboral y prohíben enfáticamente a las Cooperativas de Trabajo Asociados a ejercer dicha actividad.

Comunicado del Ministro Rafael Pardo

1. El Ministerio del Trabajo está comprometido con el cumplimiento del artículo 63 de la Ley 1429 de 2010 y del Decreto 2025 de 2011, que explican el contenido y el alcance de la intermediación laboral, y prohíben enfáticamente a las Cooperativas de Trabajo Asociado (CTA) ejercer dicha actividad. El Ministerio ha emitido actos administrativos de sanción en el entendido de la prohibición de contratar procesos o actividades misionales permanentes con CTA. A diciembre de 2011, estaban en curso 20.980 investigaciones administrativo- laborales y se habían emitido 4.112 sanciones para casos en los que los empleadores han violado derechos laborales y normas de seguridad social y de riesgos profesionales. En 2011 se realizaron 146 visitas administrativo – laborales; 134 dirigidas a los sectores críticos: palma, minería, transporte, puertos y azúcar.

2. El Ministerio del Trabajo definió la creación de 480 nuevos cargos para Inspectores de Trabajo durante un periodo de 4 años. Los primeros 100 ya fueron creados y su proceso contractual está a punto de culminar. También es bueno recordar que la actuación administrativa de cada Inspector de Trabajo está regulada por el Código Sustantivo del Trabajo y el Código Contencioso Administrativo. Durante el año 2012 se designarán 100 nuevos inspectores y los restantes en el 2013 y 2014.

3. El servicio que se presta a los ciudadanos se surte por diferentes canales de atención, tales como el call center (que pasó de 7.714 llamadas atendidas en diciembre de 2011 a 15.599 en febrero de 2012); los infoturnos (que permitieron que el Ministerio atendiera a 6.502 ciudadanos entre diciembre de 2011 y febrero de 2012); la página webwww.mintrabajo.gov.co, cuya nueva versión acaba de lanzarse, permitiendo mecanismos interactivos de consultas, sugerencias, quejas y reclamos; el sistema de correspondencia y la atención en los Supercade de Bogotá (pasando de 3.293 ciudadanos atendidos en diciembre de 2011 a 4.349 en febrero de 2012).

4. Desde 2011 se ha venido desarrollando un programa de inspección, vigilancia y control especialmente dirigido a las empresas de servicios temporales, el cual buscó capacitar a dichas empresas, así como a los terceros contratantes, sobre el decreto 4689 de 2006. También se efectuaron 590 visitas administrativo–laborales, que derivaron en 168 investigaciones y 77 sanciones.

5. Desde 2011 se ha adelantado un programa de inspección, vigilancia y control dirigidos a la protección del derecho de asociación sindical. Para ello, se realizaron asistencias preventivas, que permitieron la capacitación de 99 líderes de pactos colectivos, 304 representantes de organizaciones sindicales y 86 empresas en las que existe pacto y convención colectiva al mismo tiempo. Dichas jornadas formaron a sus beneficiarios en el buen uso de la figura de los pactos colectivos y en los alcances de la Ley 1453 de 2011, modificatoria de la Ley 599 de 2000.

6. Este gobierno es plenamente consciente del compromiso que representa para el país, como Miembro de la Organización Internacional del Trabajo, adoptar las medidas necesarias para dar aplicación plena a los convenios ratificados por Colombia. Entendemos también que la aplicación de éstos se da tanto en el campo de la legislación como en la práctica. Así lo ha reconocido la OIT en sus diferentes pronunciamientos. En su último informe, la Comisión de Expertos para los Convenios 87 y 98 tomó nota con interés de los avances realizados por el Estado colombiano en materia de lucha contra la impunidad e inspección de trabajo, y resaltó con satisfacción la expedición del Decreto 2025 de 2011.

7. De 17 divergencias legislativas que existían con la OIT, el Estado colombiano ha superado 15 de ellas. No obstante, es importante recordar que la definición de servicios públicos esenciales es competencia del Congreso de la República. Por otra parte, resulta extraño que las organizaciones sindicales firmantes desconozcan las providencias de la Corte Constitucional, tal como sucede en el caso de SINTRAEMCALI, que ordenó la suspensión de cualquier medida tomada en el fallo de tutela que ordena el reintegro de los trabajadores hasta tanto dicho tribunal se pronuncie de fondo. Las recomendaciones emanadas de la Conferencia Internacional del Trabajo, así como las de los órganos de control de la OIT, no son obligatorias. De acuerdo con la Constitución de la OIT, los Estados miembros solo están obligados a cumplir los convenios que han sido debidamente ratificados.

8. La política laboral del Presidente Santos ha permitido el descenso de tasas superiores al 18% a principios de la década pasada, a cerca del 10% en el 2011, con tasas de desempleo en los últimos meses de ese año inferiores al 10%. Con respecto a los desempleados, es importante resaltar que existen programas de asistencia social que cubren a los más vulnerables, entre estos a los que no tienen empleo, que también cuentan con protección social.

9. Este gobierno sabe que para el desarrollo de un país es crucial proteger al capital y a la inversión para generar empleo y riqueza, pero es igualmente importante tener un Estado capaz de promover los derechos de los trabajadores y la inclusión social. Por eso el Ministerio del Trabajo no ha escatimado esfuerzos para avanzar en la garantía de los derechos laborales, incluidos por supuesto el derecho de asociación y libertad sindical. También continuamos en la lucha contra la impunidad y la violencia absurda que azota nuestro país, que lamentablemente también ha afectado a líderes sindicales.

10. En este momento se está estudiando el sistema pensional y la conveniencia de tramitar una reforma. Sin embargo, no se ha presentado ninguna propuesta que permita a los sindicatos decir que la reforma va a generar "graves perjuicios a los derechos adquiridos y por adquirir de la clase trabajadora en materia de pensión de jubilación". Por el contrario, si se llega a presentar una reforma al sistema pensional, el objetivo más importante va a ser el aumento en cobertura de este sistema, es decir, la universalidad del sistema, la equidad en términos de igual mesada a igual esfuerzo en ahorro, y la sostenibilidad financiera.

RAFAEL PARDO

Ministro del Trabajo de Colombia

Bogotá, abril 13 de 2012

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