El Presidente del Tribunal Superior de Bogotá explicó los alcances de la decisión que reactiva la intervención a SaludCoop
Para la Sala Civil del Consejo Superior de Bogotá era el representante legal de Saludcoop el único que podía cuestionar la intervención de Supersalud a la EPS.

(Thot)

Para la Sala Civil del Consejo Superior de Bogotá era el representante legal de Saludcoop el único que podía cuestionar la intervención de Supersalud a la EPS.
Marco Antonio Álvarez, presidente del Tribunal Superior de Bogotá señaló los alcances de la decisión que reactiva la intervención a SaludCoop, “básicamente fueron tres, la primera que los demandantes no estaban legitimados para cuestionar las decisiones de la Superintendencia, a juicio de la sala únicamente Saludcoop podía cuestionar constitucionalmente o por lo menos en caso de tutela esas determinaciones, tampoco aprobaron los demandantes que hubiesen sufrido algún perjuicio particular como consecuencia directa de esa intervención; pero además resalto el tribunal que la decisión de la Superintendencia debe ser censurada ante el juez Contencioso Administrativo, la acción de tutela es un mecanismo subsidiario y por consiguiente debe ceder cuando existe otro medio de defensa judicial”.
El fallo proferido por la Sala Civil del Consejo Superior de Bogotá sería revisado por la Corte Constitucional.






