Congreso tendrá que verificar si hubo refrendación para poder activar el "fast track"
La presidenta de la Corte Constitucional, María Victoria Calle, explicó que fijaron una serie de parámetros que deberá constatar el Congreso.

La magistrada María Victoria Calle. Foto: Colprensa(Thot)

Al darle su aval al 'fast track' y a las facultades especiales otorgadas al Presidente de la República, la Corte Constitucional dejó en manos del Congreso la activación de dichos mecanismos para implementar el acuerdo renegociado con las Farc.
Explicó la presidenta de la Corte, María Victoria Calle, que la activación del Acto Legislativo para la paz estaba supeditada a que se cumpliera con la refrendación popular. Razón por la que el Congreso deberá corroborar si esa refrendación ya se cumplió, bajo los siguientes parámetros:
"La refrendación popular que ponga en vigencia el Acto Legislativo 1 de 2016 debe ser un proceso en el cual haya participación ciudadana directa, cuyos resultados deben ser respetados, interpretados y desarrollados de buena fe, en un escenario de búsqueda de mayores consensos, proceso que puede concluir en virtud de la decisión libre y deliberativa de un órgano revestido de autoridad democrática, sin perjuicio de ulteriores espacios posibles de intervención ciudadana que garanticen una paz “estable y duradera”, dice el comunicado de la Corte.
Según lo anterior, puede haber refrendación popular con participación ciudadana previa, pero "tras la expresión ciudadana es legítimo que el proceso continúe y concluya en virtud de las competencias de una o más autoridades instituidas que le pongan fin. Cuando una autoridad de esta naturaleza (que puede ser el Congreso de la República) decida conforme a los anteriores principios que el acuerdo final surtió un proceso de refrendación popular, el Acto Legislativo 1 de 2016 entrará en vigencia", agregó el alto tribunal.
Esa verificación o decisión que tome el Congreso de la República, tendrá control posterior de la misma Corte Constitucional.
La Corte dio su 'bendición' al 'fast track' al determinar que no sustituye la Constitución pues "tiene como objetivo lograr la paz". Además explicaron que El 'fast track' cuenta con tres candados jurídicos: La refrendación popular, la aprobación de mayorías absolutas en el Congreso y el control posterior de la Corte de todo lo que se apruebe con esa vía.






