Cableoperadores no podrán transmitir señal de canales sin autorización de privados
La Superintendencia de Industria y Comercio ordenó a operadores de televisión por suscripción abstenerse de retransmitir sin autorización la señal de Caracol TV y RCN.

Imagen de referencia. Foto: Colprensa(Thot)

Después de varios meses de disputas entre los canales y los operadores, en última instancia se definió finalmente el futuro de la retransmisión HD.
La sentencia judicial proferida por la Superintendencia de Industria y Comercio ordenó a las empresas prestadoras del servicio de televisión por suscripción abstenerse de retransmitir la señal de los canales Caracol TV y RCN TV, tanto análoga como de alta definición (HD), sin contar con la autorización de los mismos.
La sentencia judicial de primera instancia, proferida por la Superintendencia de Industria y Comercio, fue apelada ante la Sala Civil del Tribunal Superior de Bogotá como juez de segunda instancia.
Esto significa que ésta es la decisión final y pone fin al pleito entre las partes.
La sentencia judicial de la Superintendencia de Industria y Comercio se adoptó dentro del proceso judicial por competencia desleal instaurado por Caracol TV y RCN TV contra Telmex, Telefónica, DirecTV, ETB y UNE.






