Prohíben tránsito vehicular en el centro de Cartagena durante Semana Santa
La medida aplica desde el miércoles 13 de abril hasta el domingo 17, entre las 10:00 p.m. y las 4:00 a.m. del día siguiente
Cartagena de Indias
Mediante decreto 0552 del 8 de abril de 2022, el alcalde William Dau Chamat, adoptó medidas temporales relacionadas con el ingreso y circulación vehicular en el Centro Histórico de Cartagena, y los barrios de Bocagrande, Castillogrande y Laguito, con ocasión de la Semana Santa.
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Se prohíbe la circulación de vehículos en los barrios Centro, San Diego, La Matuna y Getsemaní, durante los días comprendidos entre el miércoles 13 de abril y el domingo 17 de abril de 2022, desde las 10:00 p.m. hasta las 4:00 a.m. del día siguiente.
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La medida tiene en cuenta que la afluencia de visitantes aumenta considerablemente para esta temporada, además, la alta circulación de peatones y el consabido aumento de vehículos que ingresan a la ciudad generan congestión vehicular en esta zona.
En el decreto, el Alcalde Dau exceptúa de esta medida a las siguientes categorías de vehículos:
- Vehículos al servicio de las autoridades de Policía.
- Vehículos al servicio de las autoridades de Tránsito.
- Vehículos de residentes en el Centro Histórico.
- Vehículos de personas que ingresan a la ciudad con equipajes, cuyo destino sea algún hotel y/o hospedaje en el Centro Histórico.
- Vehículos de emergencia.
- Automotores debidamente identificados e iluminados dispuestos para movilizar personas afectadas en la salud, para prevenir o atender desastres y/o calamidades o actividades policiales, debidamente registrados como tales con las normas y características que exige la actividad para la cual se matricule y los automotores que realizan atención médica domiciliaria, debidamente identificados, cuando en ellos se desplace personal médico en servicio.
- Vehículos que presten atención médica personalizada o domiciliaria. De igual manera, aquellos que realicen toma de muestras de laboratorio y ayudas diagnósticas, debidamente identificados (demarcación permanente y visible en la parte frontal, trasera y lateral del vehículo)
- Vehículos que realicen labores relacionadas con el rescate de órganos y tejidos destinados al trasplante de estos
- Vehículos al servicio de las empresas de servicios públicos domiciliarios. Automotores destinados o contratados por las empresas de servicios públicos domiciliarios para el mantenimiento, instalación y reparación de las redes de servicio público, siempre y cuando cuenten con plena y pública identificación consistente en los logos de las empresas contratantes pintados o adheridos en la carrocería.
- Vehículos dotados tecnológicamente para el mantenimiento de redes de servicios públicos esenciales (energía, telefonía “redes y telecomunicación”, acueducto y alcantarillado, gas, semaforización, sistema de transporte masivo), así como vehículos recolectores de basura.
- Todos los vehículos deberán tener la demarcación permanente y visible en la parte frontal, trasera y lateral del vehículo y deberán portar la documentación contractual vigente.
- Vehículos de medios de comunicación. Automotores al servicio de los medios de comunicación, que porten pintados o adheridos en las carrocerías en forma visible y permanente los distintivos del medio de comunicación y que transporten personal o equipos técnicos de comunicación para el desarrollo de la labor periodística.
- Vehículos particulares de propiedad de las empresas prestadora de servicio turístico.
- Vehículos de propiedad de los médicos en ejercicio de sus funciones.
- Vehículos que distribuyan medicamentos, alimentos y/o elementos perecederos debidamente acreditados y vinculados a la actividad comercial.
- Vehículos acreditados para el transporte de valores, deberán tener la demarcación permanente y visible en la parte frontal, trasera y lateral del vehículo.
- Las personas que se movilicen en vehículos, y que previamente hayan efectuado reserva en hotel y/o hospedaje ubicado en el Centro Histórico de la ciudad, deberán presentar ante las autoridades que lo requieran, el respectivo documento o soporte físico y/o virtual, que permita verificar dicha reserva.
En cuanto a los residentes del Centro Histórico, estos deberán presentar ante las autoridades que lo requieran, algún documento que permita establecer y/o verificar, que reside en el Centro Histórico.
Otras medidas
Se restringe la circulación de vehículos tipo buses de servicio especial, intermunicipal e interdepartamental, desde el 13 hasta el 17 de abril de 2022, por las vías de Bocagrande, Castillogrande y Laguito, las 24 horas.
También se prohíbe, entre el miércoles 13 de abril de 2022, y el domingo 17 de abril de 2022, la permanencia y parqueo de buses de servicio especial, intermunicipal e interdepartamental sobre las vías públicas de los barrios Bocagrande, Castillogrande y El Laguito.
Prohíbe durante los días comprendidos entre el miércoles 13 de abril, y el domingo 17 de abril de 2022, el ingreso de vehículos tipo buses de servicio especial, intermunicipal e interdepartamental a la zona insular de Barú. Se exceptúan de esta medida los vehículos de propiedad de los hoteles y/o sitios de alojamiento de dicho sector.