Consejo de Estado anuló elección del personero de Mocoa
De acuerdo con el proceso la entidad que realizó las pruebasno garantizó los protocolos de custodia o instructivos dentro del proceso.

De acuerdo con el proceso la entidad que realizó las pruebasno garantizó los protocolos de custodia o instructivos dentro del proceso. / Web

El Consejo de Estado confirmó la decisión del Tribunal Administrativo de Nariño, que declaró la nulidad de la elección del ciudadano Oscar Arturo Hernández Ordóñez como personero de Mocoa realizada por el Concejo de este municipio para el periodo constitucional 2020 – 2024.
En el fallo de segunda instancia, la Sección Quinta reiteró su jurisprudencia sobre las condiciones que deben reunir las entidades especializadas en procesos de selección de personal para apoyar a los concejos municipales y distritales en la realización de los concursos de mérito para elegir personeros, de acuerdo con el Decreto 1083 de 2015 y la sentencia C-105 de 2013 de la Corte Constitucional.
En tal sentido, se recordó que la idoneidad de los operadores de estos concursos debe constatarse en el objeto social que figure en el correspondiente certificado de existencia y representación legal de la persona jurídica.
Contrario a esta exigencia, las pruebas aportadas al expediente demostraron, para el caso concreto, que la Federación Nacional de Concejos no fue creada para desarrollar actividades de esa naturaleza y en cuanto a “Creamos Talentos”, se trataba de un establecimiento de comercio, sin personería jurídica.
También se verificó que esta situación aconteció frente a los mismos contratistas en un precedente de características muy similares, referido a la elección del personero de Girardot período 2020 – 2024.
Adicionalmente, reiteró que los documentos de estas actuaciones, en especial las pruebas que se aplican a los concursantes, tienen un carácter reservado que debe garantizarse a través de protocolos de custodia o instructivos.
Sin embargo, se advirtió que, a falta de estas herramientas, pueden valorarse otras medidas de seguridad y debe ponderarse la incidencia de esa omisión en la validez del acto de elección.

Francy Villarreal Ruiz
Comunicadora social y periodista egresada de la Universidad Cooperativa de Colombia en Neiva; con 18...




