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Solicitan aclaración del fallo que ordena suspender intervención a de la Essmar

Superservicios respeta el fallo judicial; y solicitó aclaración y adición del mismo al Juzgado Segundo Administrativo Oral del Circuito de Santa Marta

Essmar Santa Marta.

Essmar Santa Marta.

Frente al fallo de la acción de tutela proferido por el Juzgado Segundo Administrativo Oral del Circuito de Santa Marta, la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, siendo respetuosa de los fallos judiciales y haciendo de uso de los derechos que le asisten como destinataria del fallo de tutela, solicitó la adición y aclaración del mismo en la tarde del pasado jueves, y de conformidad con las disposiciones legales aplicables; el Juez de conocimiento deberá pronunciarse sobre dicha solicitud.

La superintendencia recordó que frente a la decisión del juez, la Procuraduría General de la Nación, en su Boletín 786, indicó que aunque ya había señalado “la improcedencia de la acción de tutela que pedía la nulidad del acto administrativo que le permitió a la Superservicios tomar posesión de la Empresa de Servicios de Santa Marta (Essmar), el Juez Segundo Administrativo del Circuito de la capital del Magdalena ordenó suspender, en primera instancia, esa intervención, en fallo proferido un día antes de iniciar la vacancia judicial y el cual aún no está en firme”.  

Igualmente, la Procuraduría informó que impugnará el fallo proferido por el juzgado, para lo cual utilizará los recursos legales a su disposición. En esa misma línea, esta Superintendencia adelantará todas las actuaciones de defensa que la constitución y la ley consagra, en pro de continuar en la búsqueda de la efectiva protección de los usuarios de los servicios de acueducto y alcantarillado de Santa Marta. 

Con respecto a otras decisiones judiciales sobre la intervención de la empresa de servicios públicos, la superintendencia resalta un fallo de tutela notificado por el Juzgado Segundo Penal del Circuito de Santa Marta en el que se declaró improcedente el amparo constitucional y reconoció las facultades legales de la Superintendencia para ordenar la medida de toma de posesión sobre la ESSMAR. La tutela fue interpuesta por el anterior secretario general de la Essmar en la que alegaba la vulneración al derecho al debido proceso, entre otros aspectos.

De otra parte, la entidad asegura que, la Essmar no cumple con la continuidad del servicio de acueducto informada a los usuarios en el Contrato de Condiciones Uniformes (CCU), ni con la presión establecida en la norma técnica. 

La cobertura del servicio de acueducto en Santa Marta es del 81 %, y del 72 % para el servicio de alcantarillado. 

Asimismo, la Superservicios en el comunicado entregado aseguro que, la crisis financiera de la Essmar aumenta con el paso del tiempo y se prevé que, en el mediano plazo, la empresa incumpla el pago de sus obligaciones mercantiles, entre otras.

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