Consejo de Estado tumbó suspensión del laudo arbitral en caso Playetas
El alto tribunal declaró infundado el recurso extraordinario de anulación interpuesto por el Distrito y lo condenó con una suma de 10 salarios mínimos
Cartagena de Indias
La sección tercera del Consejo de Estado declaró infundado el recurso extraordinario de anulación interpuesto por el Distrito de Cartagena contra el laudo arbitral proferido el 7 de abril de 2021 por el Tribunal de Arbitramento convocado por el Consorcio Vial Isla Barú, dentro del proceso judicial que se adelanta por las obras para la segunda fase del pedraplén de Playetas.
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Así las cosas, el Consejo de Estado levantó la suspensión de la ejecución del laudo arbitral la cual fue decretada mediante auto del 10 de agosto de 2021. Esa decisión había dejado temporalmente sin efectos lo resuelto en el fallo, donde se indicaba que el Distrito y el Departamento Administrativo de Valorización Distrital estarían incumpliendo parcialmente dicho contrato de concesión.
Ahora con el nuevo pronunciamiento del Consejo de Estado condenó en costas al Distrito Turístico y Cultural de Cartagena de Indias. Para el efecto, se fijó la suma equivalente a 10 salarios mínimos legales mensuales vigentes a la fecha, a favor del consorcio Vial Isla Barú.
La controversia por la ejecución de la segunda fase del pedraplén de Playetas viene desde 2019, luego de que ese año la administración de turno adelantara una licitación pública y seleccionara a la firma KMC como ejecutor de las obras de la segunda fase de la vía a Playetas.
Las obras de la segunda fase del Pedraplén de Playetas pretenden dar una solución integral a la erosión costera de la zona y al problema histórico de conectividad y movilidad de los habitantes del corregimiento de Barú para llegar a Cartagena por vía terrestre.