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Capitanía de Puerto de Coveñas da directrices para temporada turística

Está prohibido que cualquier embarcación navegue en las zonas de bañistas establecidas para cada municipio del Golfo de Morrosquillo.

Pasajeros en Coveñas.

Pasajeros en Coveñas. / Dimar. (Cortesía)

La Dirección General Marítima (Dimar), a través de la Capitanía de Puerto de Coveñas, emitió una circular de seguridad integral marítima y portuaria para la temporada turística de mitad de año.

En el documento se establecen unos parámetros para las empresas habilitadas para prestar el servicio de transporte marítimo de pasajeros y empresas de servicios marítimos, recreación y deportes náuticos.

Las mismas deberán tener en cuenta que para su operación, el inicio de actividades administrativas y de alistamiento será a partir de la 06:00 a. m. hasta las 08:00 a. m., esto comprende movilización de naves, kayaks, motos marinas, gusaneras y demás elementos para el inicio de su operación. No obstante, los elementos utilizados (tráiler, tractor, cualquier otro vehículo) para el ingreso de las naves al mar, deberán ser retirados de las playas después de ser utilizados para evitar obstrucción en las mismas.

En ese sentido, los despachos iniciaran a partir de las 07:30 a. m. y el cierre de los mismos estará a consideración de la Capitanía de Puerto de Coveñas.

“El inicio de la Operación Retorno del personal transportado a los diferentes sectores será a partir de las 3:00 p. m. sin sobrepasar las 5:00 p. m. como hora límite para el arribo de las embarcaciones a su puerto de origen en condiciones océano atmosféricas óptimas. El horario estará sujeto a cambio, según lo considere la Capitanía de Puerto de Coveñas previa la evaluación de las condiciones océano atmosféricas, esto con el fin de garantizar la seguridad integral marítima”, reza en la circular.

Las naves que requieran navegación nocturna deberán solicitar el respectivo permiso a la Capitanía de Puerto de Coveñas.

Además, deben evitar la manipulación indebida, daños y cortes de la señalización marítima de las distintas boyas que delimitan las zonas definidas para la realización de las actividades marítimas en la jurisdicción

“Para el desarrollo de actividades marítimas, embarque y/o desembarque de pasajeros, todas las embarcaciones deberán cumplir con los protocolos de bioseguridad debidamente avalados por las secretarías de Salud de cada municipio. Las empresas autorizadas para el desarrollo de actividades con fines comerciales, deberán enviar diariamente el consolidado de pasajeros movilizados en cada ruta, actividad y servicio que presten”, advirtió la Capitanía de Puerto de Coveñas.

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